Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2015

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150430-103

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

103
Modificación de crédito

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 38.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo I del título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales en materia de presupuestos, se hace constar que los expedientes de modificación de crédito que a continuación se citan han estado expuestos al público a efectos de reclamaciones durante el plazo legalmente establecido, sin que durante ese período se haya producido reclamación y/o sugerencia alguna a los mismos, por lo que su aprobación inicial pasa a ser aprobación definitiva.

— Expediente número 3/6/2015MC, de suplementos de crédito por un importe total de 289.828,36 euros, que afecta a los capítulos III y VI de gastos.

— Expediente número 3/10/2015MC, de suplementos de crédito por un importe total de 18.000 euros, que afecta a los capítulos I y II de gastos.

— Expediente número 3/12/2015MC, de transferencias de crédito entre distinta área de gasto por un importe total de 200,00 euros, que afecta a los capítulos II y III de gastos.

— Expediente número 3/14/2015MC, de suplementos de crédito por un importe total de 8.500 euros, que afecta al capítulo II de gastos.

Dichos expedientes fueron aprobados inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2015.

Según lo dispuesto en el artículo 23.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, en concordancia con el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer directamente contra los expedientes indicados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, sin perjuicio de poder efectuar cualquier otro recurso que se estime oportuno.

San Fernando de Henares, a 28 de abril de 2015.—El alcalde, Ángel Moreno García.

(03/13.201/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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