Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150430-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

159
Procedimiento ordinario 1.275 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.275 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jakson Campo Borbor, frente a “Comfica Soluciones Integrales, Sociedad Limitada”, y “Macguire Fusión, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 127

En Madrid, a 15 de marzo de 2015.—Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 14 de Madrid, don Rubén Vallejo González, los presentes autos número 1.275 de 2015, seguidos a instancias de don Jackson Campo Borbor, como demandante, asistido de la letrada doña María Luz Cañete Saldaña, contra “Comfica Soluciones Integrales, Sociedad Limitada”, asistida de la letrada doña Victoria Aguado Pastor, y “Macguire Fusión, Sociedad Limitada”, como demandadas, no compareciendo esta última pese a estar citada en legal forma, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que debo estimar la demanda interpuesta por don Jackson Campo Borbor, asistido de la letrada doña María Luz Cañete Saldaña, contra “Macguire Fusión, Sociedad Limitada”, condenando a la parte demandada a abonar al trabajador la cantidad de 1.114,45 euros.

Se condena a la demandada a los intereses del fundamento jurídico cuarto de la resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta sentencia es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno [artículo 191.2.g) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social].

Así lo acuerdo, mando y firmo juzgando en primera instancia.

Publicación

Leída y publicada ha sido la presente sentencia por su señoría en el día de la fecha estando celebrando audiencia pública en la Sala de su Juzgado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Macguire Fusión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.969/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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