Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150430-240

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LUGO NÚMERO 3

240
Ejecución 25 de 2015

EDICTO

Doña María de los Ángeles López Carballo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Lugo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 25 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Victoriano Lombardía Vázquez, don Marco Paleo Paleo, don José Claudio Reigosa Legaspi y don José Ramón Saavedra Seco, contra la empresa “Vehículos y Explotaciones Mineras, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo:

a) Declarar a la parte ejecutada “Vehículos y Explotaciones Mineras, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia por importe de 12.400,97 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente, dejando testimonio en las actuaciones, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2324 en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto”, “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa “Vehículos y Explotaciones Mineras, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Lugo, a 31 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.902/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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