Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
05-05-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150505-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

117
Ejecución 54 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 54 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gema Aguado del Río, frente a “Albeal Consultoría, Sociedad Limitada”, y “Parsan Consulting, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Visto el contenido de la anterior diligencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 268.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, una vez firme esta resolución líbrense mandamientos de pago a favor de doña Gema Aguado del Río por importe de 833,70 euros en concepto de principal.

Practicada la liquidación de intereses asciende a 15,49 euros que se ponen a la disposición de doña Gema Aguado del Río, quedando depositada en la cuenta de este Juzgado la cantidad de 150,51 euros para la práctica de la posible tasación de costas.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 25 de marzo de 2015.

Importa el cálculo de intereses la cantidad de 15,49 euros que serán abonados por las ejecutadas.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Albeal Consultoría, Sociedad Limitada”, y “Parsan Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.801/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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