Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
05-05-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150505-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 6

200
Procedimiento ordinario 396 de 2014

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 6 de Málaga.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 396 de 2014, sobre social ordinario, a instancias de don Damián Antonio León Tragmar, contra “Alberti Automatismos, Sociedad Limitada”, en el que con fecha 24 de febrero de 2015 se ha dictado sentencia, que sustancialmente dice lo siguiente:

Sentencia número 70 de 2015

En Málaga, a 24 de febrero de 2015.—Vistos por doña Victoria Gallego Funes, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6 de Málaga, los precedentes autos número 396 de 2014, seguidos a instancias de don Damián Antonio León Tragmar, provisto de documento nacional de identidad número 25721623-X, y asistido por el graduado social señor Garrido Tapia, frente a la entidad “Alberti Automatismos, Sociedad Limitada”, que no comparece, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones promovida por don Damián Antonio León Tragmar, frente a la entidad “Alberti Automatismos, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada a que abone al demandante la cantidad de 6.920,20 euros, más el interés moratorio del 10 por 100 sobre la cantidad de 271,39 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, así como el importe de la condena al momento del anuncio.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Alberti Automatismos, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a 25 de febrero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/11.634/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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