Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150506-52

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Resoluciones del director general de Control de la Edificación

Resoluciones del director general de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid, por las que se dispone la ejecución subsidiaria de la inspección técnica de distintos edificios situados en el término municipal de Madrid.

El director general de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, en uso de las facultades y atribuciones delegadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid adoptado el 17 de enero de 2013, ha dispuesto en resolución adoptada en cada uno de los expedientes individualizados que relacionan en el anexo único del presente anuncio, la ejecución subsidiaria de la inspección técnica de distintos edificios ubicados en el municipio de Madrid, cuya resolución se concreta en los siguientes términos:

“Primero.—Ordenar, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 24.1 de la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones (OCRERE), aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2011, previo trámite de audiencia por plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, la ejecución subsidiaria de la inspección técnica del edificio cuya propiedad y ubicación aparecen relacionados en el anexo único de este anuncio.

Segundo.—La fecha de la inspección será comunicada en posterior notificación y su ejecución será realizada por la empresa adjudicataria de la correspondiente zona del acuerdo marco de servicios para la redacción de informes en edificios con posibles daños estructurales, la elaboración de actas de inspección técnica de edificios en aplicación de la ejecución subsidiaria y la redacción de proyectos y la asistencia técnica a la dirección facultativa de las intervenciones en ejecución subsidiaria, actuaciones singulares, adopción de medidas de seguridad y reparaciones de emergencia en edificios municipales en el término municipal de Madrid, adjudicado por decreto de la delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda.

El importe del servicio de la inspección, a costa de la propiedad del inmueble, se fija inicialmente en el importe que se especifica en el anexo único, a reserva de la liquidación definitiva condicionada al resultado de la inspección.

El ingreso de dicho importe se efectuará en las arcas municipales en los términos y plazos contenidos en la carta de pago que será notificada a la propiedad del inmueble, por la Unidad de Liquidaciones de Ejecución Sustitutoria del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública.

Tercero.—Quedar advertido de que, si hubiera oposición de los propietarios o moradores a la práctica de la inspección, se solicitará el correspondiente mandamiento judicial para la entrada y realización de la inspección técnica.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, advirtiéndoles de que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, alternativamente, cualquiera de los recursos que se indican a continuación, sin perjuicio de que ejercite, de conformidad con el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cualquier otro que estime conveniente:

Recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el mismo órgano municipal que ha aprobado la presente resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la presente notificación (artículos 107, 116 y 117.1 de la citada Ley 30/1992).

Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la presente notificación (artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992 anteriormente citada, en relación con el 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa)”.

Con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos establecidos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.



Madrid, a 21 de abril de 2015.—El director general de Control de la Edificación, por delegación de firma (resolución de 6 de marzo de 2013), el jefe del Departamento Administrativo, Fernando Fernández Díaz.

(01/1.318/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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