Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150506-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8

98
Juicio de faltas 30 de 2015

EDICTO

Doña Matilde García Moreno, secretaria del Juzgado de instrucción número 8 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 30 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Grand Delgado, magistrada-juez titular del Juzgado de instrucción número 8 de esta ciudad, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 30 de 2015, sobre falta de hurto, habiendo sido partes: el establecimiento “Media Markt”, en calidad de perjudicada; don Jesús Valdivieso Cabello, don Tobi Babatunde Adeson y don Christian Cabezas Salazar, en calidad de denunciados, y el ministerio fiscal, en representación de la acción pública.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libremente de la falta de hurto origen de estas actuaciones a don Jesús Valdivieso Cabello, don Tobi Babatunde Adeson y don Christian Cabezas Salazar.

Se declaran de oficio las costas procesales.

Se alza el depósito de los efectos que fueron intervenidos y que quedaron en poder de la perjudicada.

Así por esta mi sentencia, contra la que podrá interponerse recurso de apelación en cinco días a contar desde su notificación mediante escrito motivado a presentar en este Juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Tobi Babatunde Adeson, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 30 de marzo de 2015.—La secretaria (firmado).

(03/11.832/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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