Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
11-05-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150511-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 4

117
Procedimiento 408 de 2012

EDICTO

En los autos de procedimiento ordinario número 408 de 2012 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son como sigue:

Sentencia

Magistrado-juez de primera instancia, don Enrique Presa Cuesta.—En Pozuelo de Alarcón, a 25 de octubre de 2013.

Parte actora, comunidad de propietarios de la calle Enrique Granados, número 8, con procurador don Esteban Muñoz Nieto y abogada doña María de los Ángeles Gonzalo Prado, y parte demandada, “Inmopisos JAM, Sociedad Limitada”.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la representación procesal de la comunidad de propietarios de la calle Enrique Granados, número 8, de Pozuelo de Alarcón, condeno a “Inmopisos JAM, Sociedad Limitada”, al pago de 6.516,98 euros, con los intereses legales desde el día 8 de marzo de 2012, más las costas.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá ser presentado dentro del término de los veinte días siguientes al de su notificación mediante escrito presentado en este Juzgado.

Para la admisión a trámite del recurso, al escrito de interposición del mismo se deberá acompañar resguardo o certificación acreditativa de haberse ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto” la cantidad de 50 euros.

Y para que así conste y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID , para su notificación a la demandada rebelde “Inmopisos JAM, Sociedad Limitada”, cuyo actual paradero se desconoce, expido y firmo el presente en Pozuelo de Alarcón, a 25 de octubre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/2.709/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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