Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
12-05-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150512-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

PERSONAL

58
Ejecución sentencia proceso selectivo

Vista la propuesta del tribunal calificador de las pruebas selectivas convocadas para proveer una plaza de técnico de Administración General (rama jurídica) del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2006, en cumplimiento del fallo contenido en la sentencia firme número 85 de 2015 dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Madrid, en el procedimiento abreviado número 630 de 2010; y, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, delegadas por decreto 2284/2013, de 9 de julio, de delegación de competencias de la Alcaldía, esta Tenencia de Alcaldía ha resuelto:

Primero.—Resolver en ejecución de sentencia el proceso selectivo convocado para proveer una plaza de técnico de Administración General (rama jurídica) del Ayuntamiento de Boadilla del Monte correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2006, con el nombramiento como funcionaria de carrera de doña Catalina Teruel Parra, con documento nacional de identidad número 23251337-Q.

Segundo.—Disponer la publicación del presente decreto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, calle José Antonio, número 42, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Así lo manda y firma la tercera teniente de alcalde-delegada de Economía, Hacienda, Patrimonio y Personal, doña Susana Sánchez-Campos Guerrero, en Boadilla del Monte, debiendo tomarse razón por la Secretaría General (firmado y fechado digitalmente).

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo, en este caso, interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

II. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto. En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2.a de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Boadilla del Monte, a 24 de abril de 2015.—La tercera teniente de alcalde, concejala-delegada de Hacienda, Patrimonio y Personal, Susana Sánchez-Campos Guerrero.

(03/13.878/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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