Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150513-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Control de la Edificación

Servicio de Disciplina Urbanística

Unidad Jurídica

85
Comunicación expedientes sancionadores

Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, por la presente se pone en su conocimiento que por parte del Departamento Jurídico del Servicio de Disciplina Urbanística se ha iniciado un expediente de información reservada, previo a la apertura del correspondiente expediente sancionador, sobre la base de las actuaciones obrantes en el expediente de denuncia y/o restablecimiento de la legalidad urbanística número 711/2014/7334, cuyas copias constan anexadas en el presente, del que se desprende que en la planta ático de la finca sita en la calle de Argumosa, número 21, de Madrid, se han ejecutado obras de ampliación y apertura de nuevas terrazas sin la preceptiva municipal.

De acuerdo con lo anterior y con lo dispuesto en el artículo 190.4 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, que establece el deber de colaboración de las Administraciones y de los particulares con el Servicio de Inspección Urbanística, por la presente se comunica que dispone de un plazo de diez días, a partir de la recepción del presente requerimiento, a los efectos de ponerse en contacto telefónico con este Servicio (915 883 892 y 915 883 605), y facilitar fecha y hora a fin de realizarse una visita de inspección a la finca en cuestión, para comprobar la veracidad de los hechos informados y asimismo, para presentar cuantos documentos y/o alegaciones estime en defensa de sus derechos, con carácter previo a la apertura del correspondiente expediente sancionador.

Madrid, a 24 de abril de 2015.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.

(01/1.416/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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