Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150513-247

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PONTEVEDRA NÚMERO 1

247
Procedimiento ordinario 15 de 2014

EDICTO

Doña Belén Pereira Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Pontevedra.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 15 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Consuelo Pena Couto, contra las empresas “Studios Middelburg, Sociedad Limitada”, “Duna Plana, Sociedad Anónima”, y “Elmasán CRT, Sociedad Limitada”, sobre ordinario,se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Declarar la nulidad de las siguientes actuaciones: conciliación y juicio celebrados el día 12 de marzo de 2015, y se señala nueva fecha para la celebración de los mismos el día 14 de mayo de 2015, a las once y treinta horas, debiendo comparecer con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

Cítese al representante legal de la empresa demandada “Studios Middelburg, Sociedad Limitada”, a fin de que comparezca a los actos de juicio para poder practicar el interrogatorio de parte.

Cítese a las empresas demandadas a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

No obstante, se declara expresamente la validez de todos los actos anteriores al amparo del artículo 243.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Studios Middelburg, Sociedad Limitada”, “Duna Plana, Sociedad Anónima”, y “Elmasán CRT, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pontevedra, a 13 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.604/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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