Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150513-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

139
Procedimiento 872 de 2014

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 872 de 2014-JCM, sobre derecho de familia, entre don Álex Javier Guzmán Lucero, frente a doña Claudia Carolina Armoa Ferreira, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 196 de 2015

En Madrid, a 10 de abril de 2015.—La ilustrísima señora doña María del Carmen Margallo Rivera, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos en este Juzgado al número 872 de 2014, a instancias de don Álex Guzmán Lucero, representado por el procurador señor Cobo Martínez Murguía, frente a doña Claudia Carolina Armoa Ferreira; y...

Fallo

Que estimando como estimo la demanda promovida por el procurador señor Cobo Martínez de Murguía, en nombre y representación de don Álex Javier Guzmán Lucero, frente a doña Claudia Carolina Armoa Ferreira, sobre divorcio, debo declarar y declaro disuelvo, por divorcio, el matrimonio contraído entre ambos litigantes, celebrado el día 11 de octubre de 2012 en Madrid, con cuantos efectos son inherentes a ello.

Remítase testimonio de la presente resolución al Registro Civil en el que aparezca inscrito el matrimonio para que se haga la oportuna anotación marginal en el asiento correspondiente al matrimonio de los cónyuges a los que afecta.

Expídase testimonio de esta sentencia que quedará unido a las actuaciones, con inclusión del original en el libro de sentencias.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles de que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Clauda Carolina Armoa Ferreira expido y firmo la presente en Madrid, a 10 de abril de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.615/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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