Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 113

Fecha del Boletín 
14-05-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150514-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

115
Procedimiento 6 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 6 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Míriam López Marín, frente a “Nielsen and Partners Sur de Europa, Sociedad Limitada Unipersonal”, y Servicio Público Estatal de Empleo, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Belén Gómez Rodríguez.—En Madrid, a 26 de marzo de 2015.

El anterior escrito, con fecha de entrada en este Juzgado de 30 de abril de 2015, únase a los autos de su referencia. Se tiene por impugnado en tiempo y forma por el letrado del Servicio Público Estatal de Empleo el recurso de suplicación formalizado en su día por la parte recurrente, dese traslado a las partes, y una vez efectuado elévense las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para la sustanciación del recurso interpuesto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nielsen and Partners Sur de Europa, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.696/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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