Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
20-05-2015

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150520-36

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CAMPO REAL

URBANISMO

36
Modificación normas subsidiarias

Aprobada definitivamente la Modificación Puntual número 2/2010 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Campo Real en el ámbito de actuación número 22, en el polígono industrial “Borondo”, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 300, de 17 de diciembre de 2012, y de conformidad con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se procede a la publicación del contenido íntegro exigido por la legislación vigente.

MODIFICACIÓN PUNTUAL 2/2010 DEL ÁMBITO DE ACTUACIÓN NÚMERO 22 (AA-22) DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DE CAMPO REAL

El contenido de la Modificación Puntual se materializa mediante la delimitación de un nuevo ámbito de actuación con una superficie bruta de 78.867,27 metros cuadrados. En este nuevo ámbito creado, denominado genéricamente AA-22, actualmente le resulta de aplicación la ordenanza Industria Almacén IA-4, Aislada Grande. Tras la modificación le resultaría de aplicación la ordenanza IA-2 Industria Almacén pareada adosada. Ambas ordenanzas son las vigentes actualmente en las Normas Subsidiarias sin que sean modificadas.

La modificación implica un incremento de la edificabilidad del ámbito pasando de 31.546 metros cuadrados (resultantes de aplicar el coeficiente de edificabilidad previsto para la ordenanza IA-4, que es de 0,40 m2/m2, sobre la superficie del ámbito), a 48.408,16 metros cuadrados (resultantes de aplicar el coeficiente de edificabilidad previsto para la ordenanza IA-2, que es de 0,70 m2/m2, sobre la superficie del ámbito). El incremento en la edificabilidad industrial producido es de 16.861 metros cuadrados.

Se pretende, igualmente, la creación de un nuevo viario que descongestione el polígono industrial que solo cuenta con un acceso. El acceso previsto estará conectado con la avenida de la Circunvalación mediante una vía de servicio, realizada actualmente, de manera que permita la circulación en anillo, y se conectará con la calle Aluminio.

La modificación planteada contempla un incremento en las cesiones previstas hasta ahora por el planeamiento vigente de 9.712,76 metros cuadrados de suelo destinado a redes locales (4.800 metros cuadrados de zona verde más 4.912,76 metros cuadrados de viario), lo que supone un total de 57,60 m2s/m2c (superior al estándar legal previsto). Además, la modificación planteada contempla la cesión al Ayuntamiento de 1.686,12 m2c, en concepto del 10 por 100 de aprovechamiento lucrativo sobre el incremento en la edificabilidad.

Cálculo de las redes locales y edificabilidades, según los artículos 36 y 39 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, del ámbito de actuación 22 (AA-22) y del área homogénea que lo contiene:

Ámbito de actuación 22 (AA-22)

Municipio: Campo Real.

Código: AA-22.

1. Características de la ordenación:

— Superficie bruta: 78.867,27 m2s (a).

— Uso principal: industrial.

— Zona de ordenanza: IA-2.

2. Cesiones obligatorias y gratuitas red local m2s:

— Zonas verdes V63 (red local): 4.800,00 m2s.

— Viario (red local): 4.912,76 m2s.

— Total cesión redes locales: 9.712,76 m2s.

3. Edificabilidad:

Zona de ordenanza:

a) IA-2:

— Coeficiente de edificabilidad: 0,6138 m2c/m2s.

— Superficie suelo neto: 69.154,51 m2s.

— Superficie edificable: 48.408,16 m2c.

— Superficie edificable NN SS: 31.546,91 m2c.

— Superficie edificable incremento: 16.861,25 m2c.

4. Estándares de redes locales:

— Total cesión redes locales: 9.712,76 m2s.

— Total estándar redes locales incremento: 57,60 m2s/100 m2c.

— Total estándar redes locales: 20,06 m2s/100 m2c.

Área homogénea incluyendo AA-22

Municipio: Campo Real.

Código: Borondo.

1. Características de la ordenación:

— Superficie bruta: 688.268,36 m2s (a).

— Uso principal: industrial.

— Zona de ordenanza: IA-2, IA-3 y IA-4.

2. Cesiones obligatorias y gratuitas red local m2s:

— Zonas verdes V22 y V59 (red local): 72.842,00 m2s.

— Zonas verdes V63 y Viario (red local): 9.712,76 m2s.

— Total cesión redes locales AH: 82.554,76 m2s.

3. Edificabilidad:

Zona de ordenanza:

a) IA-2, IA-3, IA-4:

— Coeficiente de edificabilidad: 0,3756 m2c/m2s.

— Superficie suelo neto: 462.056,36 m2s.

— Superficie edificable: 258.510,20 m2c.

4. Estándares de redes locales:

— Total cesión redes locales: 82.554,76 m2s.

— Total superficie edificable área homogénea: 258.510,20 m2c.

— Total estándar redes locales área homogénea: 31,93 m2s/100 m2c.

Ficha ámbito de actuación 22

Municipio: Campo Real.

Código: AA-22.

1. Características de la ordenación:

— Superficie bruta: 78.867,27 m2s (a).

— Uso principal: industrial.

— Zona de ordenanza: IA-2.

2. Cesiones obligatorias y gratuitas m2s.:

— Viario (red local): 4.912,76 m2s.

— Zonas verdes V63 (red local): 4.800,00 m2s.

— Total cesiones: 9.712,76 m2s (b).

3. Edificabilidad:

— Coeficiente de edificabilidad neto: 0,70 m2c/m2s (i).

— Superficie suelo neto: 69.154,51 m2s (c = a - b).

— Superficie máxima edificable: 48.408,16 m2c (d = i - c).

— Coeficiente de edificabilidad real y homogénea: 0,6138 m2c/m2s (e = d/a).

4. Cesión de aprovechamiento:

— Aprovechamiento: 10 por 100 s/ [48.408,16 m2c - (78.867,27 m2s ´ 0,40 m2c/m2s)]: 1.686,12 m2c.

El aprovechamiento se obtiene aplicando el 10 por 100 al exceso del coeficiente de edificabilidad entre la Modificación Puntual y el de las Normas Subsidiarias.

5. Sistema de actuación: compensación.

6. Condiciones particulares: se considera orientativo el viario grafiado en el plano correspondiente de la presente ficha.

7. Condiciones generales: todo lo establecido en esta ficha se regirá por las Normas Subsidiarias de Planeamiento en vigor, aprobadas definitivamente por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el 18 de marzo de 1999.

La existencia no descubierta hasta el momento de algún bien susceptible de acogerse a la protección prevista por la disposición adicional segunda de la Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, deberá comunicarse a la Dirección General de Patrimonio Histórico para garantizar su protección y cautela. En su caso, será de aplicación el artículo 8.3 de la citada norma autonómica. Por otro lado, si durante la realización de las obras se produjera la aparición casual de restos arqueológicos y/o paleontológicos, será de aplicación lo previsto en el artículo 43.2 de la misma Ley.

El desarrollo de la unidad de actuación se realizará mediante proyecto de urbanización que cumplirá con todas las prescripciones establecidas en el informe emitido por el Canal de Isabel II.

Campo Real, a 6 de mayo de 2015.—El alcalde, Felipe Moreno Morera.

(03/14.657/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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