Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150523-21

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

21
Procedimiento ordinario 1.303 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.303 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Paz Benito Gómez, frente a “Argonauta Serving The Net, Sociedad Anónima”, y “Escudero Párraga y Asociados Consultores, Sociedad Limitada Profesional”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 191 de 2015

En Madrid, a 16 de abril de 2015.—Vistos por mí, doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrado-juez sustituta en el Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de cantidad, entre las siguientes partes: doña María Paz Benito Gómez, como demandante, asistida por el letrado don Luis Emilio Ugena Yustos; “Argonauta Serving The Net, Sociedad Anónima”, “Escudero Párraga y Asociados Consultores, Sociedad Limitada Profesional y Fondo de Garantía Salarial, que citados no comparecen, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña María Paz Benito Gómez, frente a “Argonauta Serving The Net, Sociedad Anónima”, y su administración concursal “Escudero, Párraga y Asociados Consultores, Sociedad Limitada Profesional”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 918,06 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso alguno.

Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada-juez de lo social que la firma estando celebrando audiencia pública, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Argonauta Serving The Net, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.905/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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