Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
23-05-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150523-24

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

24
Procedimiento ordinario 495 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 495 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Inspección Técnica del Transporte, Sociedad Anónima”, frente a don Roberto García Vivanco, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando la demanda interpuesta por la empresa “Inspección Técnica del Transporte, Sociedad Anónima”, frente a don Roberto García Vivanco, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la demandante por los conceptos reclamados adeudados la cantidad total de 1.954,20 euros (salvo error u omisión).

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno (artículo 191.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Roberto García Vivanco, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.457/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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