Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150527-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

65
Procedimiento 135 de 2013

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de división de la herencia número 135 de 2013, entre don Joaquín Tolsa Torrenova y don Eduardo Tolsa Torrenova, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto número 113 de 2015

Secretaria, doña Carmen Salgado Suárez.—En Madrid, a 2 de marzo de 2015.

Antecedentes de hecho:

Primero.—En las presentes actuaciones para la división de la herencia de los finados doña Carmen Torrenova Martín y don Gabriel Tolsa Ardanuy, se han presentado por el contador don Juan López Gobernado las operaciones divisorias, para cuya labor había sido designado.

Segundo.—De dichas operaciones divisorias se han dado traslado a los interesados en la herencia, mediante edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado al demandado, haciéndoles saber que en el plazo de diez días podían formular oposición a las referidas operaciones divisorias.

Tercero.—Los interesados han expresado tácitamente su conformidad con las operaciones divisorias del contador.

Fundamento de derecho:

Único.—Establece el artículo 787.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que, pasado el plazo señalado a los interesados para poder oponerse a las operaciones divisorias sin presentar la oposición o manifestando expresamente su conformidad a las mismas, el secretario judicial dictará decreto aprobando las operaciones divisorias y mandará protocolizarlas.

Parte dispositiva:

Se aprueban las operaciones divisorias de la herencia de los finados doña Carmen Torrenova Martín y don Gabriel Tolsa Ardanuy, realizadas por el contador don Juan López Gobernado, las cuales se protocolizarán en la notaría que por turno corresponda.

Ofíciese al decano del Colegio Notarial de Madrid para que comunique al notario a quien por turno corresponda la protocolización y, conocido, remítansele las operaciones divisorias y testimonio del presente decreto, salvo que las partes designen a otro.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de revisión en el plazo de cinco días desde su notificación ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y 454.2 bis y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta número 2431/0000/00/0135/13 de esta oficina judicial de la “Cuenta general de depósitos y consignaciones” abierta en el “Banco Santander”.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos número 2431/0000/00/0135/13 (sin guiones o espacios).

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Eduardo Tolsa Torrenova expido y firmo la presente en Madrid, a 2 de marzo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.045/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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