Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150530-37

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

37
Procedimiento 998 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número número 998 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Milla Ferrón, frente a “Arquitectura Casan, Sociedad Limitada Laboral”, y “Conceptos AD, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 4 de mayo de 2015, en los términos siguientes:

La empresa reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos de 31 de agosto de 2014. Y ofrece la cantidad de 55.000 euros netos en concepto de indemnización, más 1.520,93 euros por cantidad de nómina del mes de agosto de 2014.

La forma de pago será la siguiente: un primer pago de 1.520,93 euros que se hará efectivo en la cuenta donde el trabajador percibía su nómina en el plazo de cinco días. El resto de las cantidades se pagaría en mensualidades de 1.000 euros en los días del 1 al 5 de cada mes, a partir del mes de junio, hasta cubrir la totalidad de la cantidad adeudada que son 56.520,93 euros.

El trabajador no tiene nada más que pedir en lo que respecta al presente procedimiento.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2517/0000/61/0998/14.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Conceptos AD, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.068/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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