Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
01-06-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150601-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 12

200
Procedimiento 945 de 2013

EDICTO

Según lo acordado en los autos número 945 de 2013 seguidos en este Juzgado, a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, contra “Tecnasol FGE, Sociedad Anónima” (sucursal en España), en relación a cantidad, por el presente se notifica a “Tecnasol FGE, Sociedad Anónima” (sucursal en España), en ignorado paradero, la sentencia dictada en los presentes autos en fecha 11 de diciembre de 2014, cuyo fallo dice:

Que estimando la demanda interpuesta, condeno a la empresa “Tecnasol FGE, Sociedad Anónima” (sucursal en España), a abonar a Fundación Laboral de la Construcción la cantidad de 4.638,48 euros por los conceptos determinados en esta sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes, a quienes se hace saber que no es firme y que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, debiendo anunciarlo ante este mismo Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena, de acuerdo con el artículo 230 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en la cuenta del “Banco Santander”, número 5212/0000/60/0945/13.

Y debiendo, además, consignar como depósito la cantidad de 300 euros, al amparo de lo dispuesto el artículo 229 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en la cuenta corriente número 5212/0000/34/0945/13, y sin cuyo requisito no podrá ser admitida la formalización del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a la precitada, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole de que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia se harán en estrados, expido el presente edicto para que sea insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes.

En Barcelona, a 27 de abril de 2015.—El secretario judicial, Enric Labordeta de la Cal.

(03/14.859/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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