Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
08-06-2015

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150608-55

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2015, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Acciona Facility Services, Sociedad Anónima”, y representantes legales de los trabajadores y representantes de CC OO de Construcción y Servicios (PCM-0241/2015).

Vista el acta de la mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de abril de 2015.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente Número: PCM-0241/2015.

En Madrid, a las diez cuarenta y cinco horas del martes 21 de abril de 2015.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Juan Ramón López García.

Vocal: Don Pedro Murga Ulibarri.

Vocal: Don Salustiano Forteza Sánchez.

Vocal: Doña Isabel Taboada López.

Secretario: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha martes 14 de abril de 2015, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Víctor Martínez Olmedo, en calidad de representante legal.

“Acciona Facility Services, Sociedad Anónima”, en calidad de empleador, con domicilio en avenida Los Rosales, número 42, Bl. 1, quinta planta, Edificio “Novosur” (Madrid).

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Doña Olga Gutiérrez Alonso, en calidad de representante de CC OO de Construcción y Servicios.

Doña Isabel Jiménez Fernández, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Joaquín Lozano Martín, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la Federación de CC OO de Construcción y Servicios

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

I. Ámbito de aplicación.—El presente acuerdo afecta únicamente y exclusivamente a los trabajadores que vengan prestando servicios de limpieza en el centro de trabajo del Hospital “Infanta Sofía”, sito en San Sebastián de los Reyes (Madrid).

El importe de las mejoras establecidas en el presente acuerdo suponen una mejora respecto a las condiciones establecidas en el convenio colectivo de aplicación, quedará en todo caso vinculada a la adscripción de los trabajadores al centro de trabajo Hospital “Infanta Sofía”, y dejará, por tanto, de percibirse si el trabajador dejara de prestar servicios en el citado centro de trabajo, por cualquier circunstancia.

II. Entrada en vigor.—El presente acuerdo y las mejoras que en el mismo se establecen entrarán en vigor a partir del día 1 de enero de 2015

III. Plus de Domingo y/o Festivo.—A partir del día 1 de enero de 2015, se abonará el denominado Plus de Domingo y/o Festivo, establecido en el artículo 29, apartado 4, del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad Autónoma de Madrid, por un importe de 30 euros brutos diarios, por cada domingo o festivo trabajado en jornada completa. En caso de que la jornada diaria fuese inferior a la jornada completa se abonará proporcionalmente.

Este importe sustituye, y por tanto no es acumulativo, al importe pactado en el citado artículo 29.4 del vigente convenio colectivo.

IV. Compensación días 24, 25, 31 de diciembre y 1 y 6 de enero.—Primero. La empresa abonará a los trabajadores que presten servicios los días 24 y/o 31 de diciembre el importe equivalente al Plus de Domingo y/o Festivo pactado en el punto III de este acuerdo.

Segundo. La empresa abonará a los trabajadores que presten servicios los días 25 de diciembre, 1 y/o 6 de enero, el importe de 40 euros por cada uno de los días trabajadores en concepto de Plus de Domingo y/o Festivo. Este importe sustituye y, por tanto, no es acumulativo, al importe pactado en el punto III de este acuerdo.

Dichos días se abonará un plus festivo de 40 euros en lugar de los 30 euros pactados.

V. Compromiso de paz social.—La vigencia indefinida del presente acuerdo está vinculada a un período de paz social desde la fecha de firma del mismo, de tal manera que el comité de empresa y las centrales sindicales con representación en el mismo se comprometen a no efectuar convocatoria de huelga o paro laboral ni protestas colectivas, que guarde relación con lo acordado en la presente acta.

En el caso de incumplimiento de lo establecido en este apartado V, la presente acta de acuerdo perderá su vigencia en todos sus términos.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once y quince horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/15.045/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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