Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
08-06-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150608-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5

93
Procedimiento 706 de 2014

EDICTO

Don Efraín Fernández Martínez, secretario del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá de Henares.

Hago saber: Que en los autos número 706 de 2014 se ha dictado resoluciones cuyas partes dispositivas son como siguen:

Auto

El magistrado-juez, don Pedro Félix Álvarez de Benito.—En Alcalá de Henares, a 1 de septiembre de 2014.

Antecedentes de hecho:

Único.—Por la procuradora señora doña Marta Ortega Cortina, en nombre y representación de “Bankia, Sociedad Anónima”, se ha presentado demanda, solicitando se despache ejecución frente a don Francisco Valenzuela Sierra y doña María José Diestro Antolín, en base al siguiente título ejecutivo:

Clase de título, fecha y número, en su caso: escritura de constitución de hipoteca de 14 de marzo de 2006, otorgada ante el notario don Adolfo Ruiz de Velasco y del Valle al número 369 de su protocolo.

Parte dispositiva:

Se despacha, a instancias de “Bankia, Sociedad Anónima”, parte ejecutante, ejecución frente a don Francisco Valenzuela Sierra y doña María José Diestro Antolín, partes ejecutadas, por importe de 64.921,25 euros de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 19.476,37 euros fijados prudencialmente para intereses y costas de ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Notifíquese esta resolución a los ejecutados con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 551.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin perjuicio de que los deudores puedan oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación de este auto.

Así lo manda y firma su señoría el magistrado-juez. Doy fe.—El secretario.

Decreto

El secretario, don Efraín Fernández Martínez.—En Alcalá de Henares, a 1 de septiembre de 2015.

Parte dispositiva:

1. Requiérase a los deudores para que en el acto paguen el importe del principal e intereses devengados, bajo apercibimiento de que si no verifica se podrá acordar el embargo de sus bienes.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario.

Y para que sirva de notificación en forma a don Francisco Valenzuela Sierra, cuyo domicilio se desconoce, extiendo y firmo la presente en Alcalá de Henares, a 9 de abril de 2015.—El secretario (firmado).

(02/3.294/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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