Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
09-06-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150609-192

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

192
Ejecución 246 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 246 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arturo José Pérez Herrera y doña María Asunción Pérez Herrera, frente a “Pérez A. Fernández, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Teresa Estrada Barranco.—En Madrid, a 18 de febrero de 2014.

Por presentado el anterior escrito por la letrada de las actoras, doña Irene Zamora Olaya, en fecha 18 de febrero de 2014, únase a los autos de su razón, y vistas las manifestaciones, se acuerda embargar los bienes muebles que haya en el local sito en la calle Zaragoza, número 3, de Madrid, librando a tal efecto oficio al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid a fin de que proceda al embargo y nombre depositario de los bienes de la demandada.

Respecto del traspaso del contrato de arrendamiento de la finca urbana sita en la calle de la Fresa, número 2, y calle Zaragoza, número 3, de Madrid, con número de contrato 0142506 suscrito entre don Arturo Pérez Agruña y la empresa “Pérez A. Fernández, Sociedad Anónima”, de fecha 15 de enero de 1973, requiérase a la ejecutado para que aporte el citado contrato, y verificado se acordará.

Asimismo, indíquese a las partes que los sucesivos escritos que presenten hagan referencia al número de la presente ejecución (246 de 2013).

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar la omisión advertida en auto de fecha, consistente en omisión de uno de los demandantes/ejecutantes debiendo constar:

Ejecutante: don Arturo José Pérez Herrera y doña María Asunción Pérez Herrera.

Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los mismos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez sustituta de lo social doña María Consuelo Majarón de Tena.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pérez A. Fernández, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.427/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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