Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150611-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

102
Procedimiento 371 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 371 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Díaz Pulido, frente a “Cypressma, Sociedad Limitada”, “Falcón Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, “Gestión de Establecimientos Públicos y Privados, Sociedad Limitada”, y “UTE Pelícano Cypressma”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimando la demanda de doña María del Carmen Díaz Pulido, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado, condenando a “UTE Pelícano Cypressma”, a que a su elección, que habrá de efectuar ante el Juzgado en el improrrogable plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia, opte por la readmisión de la trabajadora en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que la readmisión tenga lugar a razón de 54,16 euros diarios o le indemnice con la suma de 23.185,37 euros, absolviendo a “Gestión de Establecimientos Públicos y Privados, Sociedad Limitada”, de cuantos pedimentos se deducían en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente, ante este Juzgado, en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestión de Establecimientos Públicos y Privados, Sociedad Limitada”, y “Cypressma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.013/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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