Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
15-06-2015

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150615-103

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

103
Procedimiento 842 de 2014

SALA DE LO SOCIAL

Sección Tercera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

Don Luis Fariñas Matoni, secretario judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Tercera de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 842 de 2014 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Benito Hidalgo Fortuna, frente a “Poliseda, Sociedad Limitada”, “Henares de Desarrollos Integrales, Sociedad Limitada”, “Apra Leven NV”, Ministerio de Trabajo e Inmigración, “Consorcio de Compensación de Seguros Entidad Pública Empresarial”, Fondo de Garantía Salarial en Madrid, “Apra Leven, Sociedad Anónima”, “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, don Claude Desseille (liquidador) y don Alexis Lefebvre, sobre recurso de suplicación, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Luis Fariñas Matoni.—En Madrid, a 19 de mayo de 2015.

El letrado don José Antonio Pascual Plaza, en nombre y representación de “Poliseda, Sociedad Limitada”, y “Henares de Desarrollos Integrales, Sociedad Limitada”, ha presentado escritos de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma con las oportunas certificaciones de sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Acuerdo: Tener por interpuestos en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado, ante la Sala Cuarta de lo social del Tribunal Supremo, dentro del plazo de los diez días siguientes, contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con al remisión de los presentes autos.

Advertir a las partes, que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones, y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Estando en ignorado paradero “Apra Leven, Sociedad Anónima”, “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, don Alexis Lefbvre y don Claude Desseille, notifíquese la presente resolución en los estrados de esta Sección de Sala, así como por edictos, para lo cual líbrese oficio al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación y conocimiento.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante el secretario judicial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y filmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento en legal forma a “Apra Leven, Sociedad Anónima”, “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, don Alexis Lefbvre y don Claude Desseille, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de mayo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/16.345/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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