Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
16-06-2015

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150616-56

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2015, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa “Eulen, Sociedad Anónima” (Limpieza Pública y Recogida de Residuos Urbanos de la Unidad Alimentaria de Mercamadrid) (código número 28100131012012).

Examinada el acta de revisión salarial del convenio colectivo de la empresa “Eulen, Sociedad Anónima” (Limpieza Pública y Recogida de Residuos Urbanos de la Unidad Alimentaria de Mercamadrid), suscrita por la comisión negociadora del mismo el día 9 de febrero de 2015; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General

RESUELVE

1.o Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de abril de 2015.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Acta de la reunión celebrada entre la empresa “Eulen, Sociedad Anónima” y el comité de empresa del personal adscrito al Servicio de Limpieza Pública y Recogida de Residuos Urbanos de la Unidad Alimentaria de Mercamadrid, el día 9 de febrero de 2015

Asistentes:

Por la empresa:

— Don Miguel Ángel Pérez Rojano.

— Don Rafael Pérez Garijo.

— Doña Laura Miño Arribas.

Por la representación legal de los trabajadores:

— Don Mario Campuzano Serrano (CC OO).

— Don Vicente Sacristán Moreno (CC OO).

— Don José María Pastrana Menéndez (CC OO).

— Don Eleuterio de León Rúa (asesor CC OO).

En Madrid, a 9 de febrero de 2015, siendo las diez y treinta horas, se reúnen los referidos asistentes en las oficinas de la empresa, sitas en la calle Valle de Tobalina, número 56, de Madrid, con el fin de tratar el orden del día que a continuación se especifica.

Único.—Firma tablas salariales año 2015 personal adscrito al Servicio de Limpieza Pública y Recogida de Residuos Urbanos de la Unidad Alimentaria de Mercamadrid.

La empresa y la representación legal de los trabajadores se reúnen a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 19 del convenio colectivo de aplicación, y suscribir las tablas salariales que se aplicarán al colectivo durante el ejercicio 2015.

Las partes firman las tablas salariales que se acompañan como Anexo I. No obstante, la empresa considera conveniente recoger la siguiente manifestación de parte:

«El artículo 19 del convenio colectivo de aplicación fija para el año 2015 subidas salariales calculadas “en términos brutos, y para jornadas completas”, tal y como se establece expresamente en su último párrafo. Las tablas salariales firmadas, y que se anexan a la presente acta, suponen en la práctica una subida salarial superior a la pactada en el citado precepto, dado que la repercusión de la misma sobre el salario base supone un incremento de la antigüedad no prevista en aquel. La empresa, pese a suscribir las tablas en aras de la paz social, considera que, de esa manera, se están renegociando al alza el acuerdo salarial plasmado en el convenio colectivo, lo que contraviene de manera flagrante el tenor literal del referido artículo 19».

En este mismo acto se autoriza a don Eleuterio de León Rúa para que realice todos los trámites necesarios para la publicación de las tablas de referencia.

Y sin más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión, a las doce horas, en el lugar y fecha arriba consignados.—Por la empresa (firmado).—Por la representación legal de los trabajadores (firmado).





(03/14.832/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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