Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
16-06-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150616-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 2

115
Juicio de faltas 332 de 2014

EDICTO

Doña María de las Mercedes Martín López, secretaria del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 332 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcorcón, a 16 de septiembre de 2014.—El ilustrísimo señor don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Alcorcón, ha visto los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 332 de 2014, sobre la presente falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, y como implicados: centro comercial “Hipercor”, como denunciante, y doña María Paca Rosales Salazar, como denunciada, recayendo la presente resolución en base a lo siguiente:

Que debo condenar y condeno a doña María Paca Rosales Salazar, como autora responsable de una falta de hurto, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 5 euros, quedando sujeta en caso de impago a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y a que indemnice al centro comercial “Hipercor” en la suma de 169,80 euros por las prendas dañadas, y al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

El escrito de formalización del recurso de apelación habrá de presentarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante el órgano que dictó la resolución que se impugne, y se expondrán ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará domicilio para notificaciones.

Asimismo, se pone en conocimiento de doña María Paca Rosales Salazar que, en el caso de no interponer recurso contra la sentencia, deberá proceder en el plazo de diez días al ingreso de la cantidad requerida en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia y requerimiento a doña María Paca Rosales Salazar, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcorcón, a 11 de mayo de 2015.—La secretaria (firmado).

(03/16.725/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150616-115