Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
16-06-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150616-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5

117
Procedimiento 5 de 2014

EDICTO

Vistos por mí, don Luis Miguel Arroyo Rodríguez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de esta capital, los presentes autos de medidas paterno-filiales, seguidos ante este Juzgado con el número 5 de 2014, a instancias de don Georgian Petrica Ciobanu, representado por la procuradora de los tribunales doña Susana García Caño y bajo la dirección letrada de doña María de la Cruz Moreno, contra doña Geanina Teodorescu, en situación procesal de rebeldía, con la intervención del ministerio fiscal.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Georgian Petrica Ciobanu, representado por la procuradora de los tribunales doña Susana García Caño, frente a doña Geanina Teodorescu, en situación procesal de rebeldía, debo acordar y acuerdo la adopción de las siguientes medidas:

La guarda y custodia de la hija menor, Jasmine Rebeca Ciobanu, se atribuye al padre, correspondiendo a ambos progenitores la titularidad y el ejercicio conjunto de su patria potestad.

El uso y disfrute de la vivienda familiar, así como los objetos de uso ordinario habidos en ella, se atribuye a la hija menor y al padre, en cuya compañía debe permanecer.

En cuanto al régimen de visitas en favor de la progenitora no custodia, se suspende el mismo, sin perjuicio de los acuerdos a los que puedan llegar las partes.

Por lo que se refiere a la pensión alimenticia en favor de la hija menor, la demandada deberá abonar por dicho concepto la cantidad de 100 euros mensuales, cantidad que deberá ingresar en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que a tal efecto designe el demandante, y que deberá actualizarse anualmente conforme a las variaciones que experimente el índice de precios al consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya.

Igualmente, la demandada deberá abonar el 50 por 100 de los gastos extraordinarios de su hija.

Y encontrándose dicha demandada doña Geanina Teodorescu en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Coslada, a 19 de mayo de 2015.—El secretario (firmado).

(03/16.723/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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