Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150618-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

143
Ejecución 153 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 153 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Lázaro Lázaro, frente a “Acoples y Plásticos, Sociedad Limitada”, “Aleaciones y Montajes, Sociedad Limitada”, y “Lacado Madera, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 1.049,44 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte ejecutada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la parte ejecutante la cantidad de 323,44 euros en concepto de intereses y de la letrada doña María Elvira Marcos Palma la cantidad de 590,56 euros en concepto de parte de honorarios, una vez firme la presente resolución, mediante mandamientos de devolución.

Faltando por satisfacer la cantidad de 135,44 euros en concepto de resto de honorarios, requiéranse a las ejecutadas para que en el improrrogable plazo de cinco días, procedan a ingresar dicha cantidad en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banco Santander” con el número 2516/0000/64/0153/14.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2516/0000/64/0153/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aleaciones y Montajes, Sociedad Limitada”, “Lacado Madera, Sociedad Limitada”, y “Acoples y Plásticos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.444/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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