Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150619-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

37
Plan Especial para edificio

Expediente: 711/2014/14994.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de marzo de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial para el edificio sito en la calle de Fernando el Santo, número 15, Distrito de Chamberí, promovido por “Espamad, Sociedad Limitada Unipersonal”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—El presente Plan Especial tendrá vigencia indefinida. No obstante, si se solicitara licencia para la ejecución de sus determinaciones transcurridos cuatro años desde la entrada en vigor, se deberá efectuar una nueva comprobación por los servicios municipales con el fin de acreditar el mantenimiento de las condiciones urbanístico-ambientales que han sido considerados en la presente aprobación.

Cuarto.—Dar traslado a los interesados de este acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:

Normas del Plan Especial

Régimen de obras

Por el nivel y grado de protección del edificio (nivel 1, grado integral), el régimen de obras de aplicación es el establecido en el título IV de las Normas Urbanísticas del PGOUM-97, concretamente las obras establecidas en el artículo 4.3.12.

Régimen de usos

Mediante el Plan Especial se autoriza la implantación del Uso Terciario en su clase de oficinas en situación de edificio exclusivo, sin perjuicio de la implantación o mantenimiento de los usos complementarios que pudieran desarrollarse en las condiciones del título VII y Norma Zonal 1 de aplicación.

Madrid, a 10 de abril de 2015.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/2.429/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150619-37