Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2015

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150619-12

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

12
ORDEN de 15 de junio de 2015, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 100.000.000,00 de euros.

El Consejo de Ministros en su reunión de 13 de febrero de 2015 autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública, hasta un importe máximo de 3.300.187.984,91 euros. Posteriormente, en su reunión de 24 de abril de 2015, el Consejo de Ministros autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública, hasta un importe máximo de 683.943.500,00 euros, correspondiente a la mitad del déficit autorizado para 2015 a la Comunidad de Madrid.

Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 8 de enero de 2015 se autorizó a la Comunidad de Madrid a disponer la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por importe máximo de 4.351.077.713,24 euros. Posteriormente, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de febrero de 2015, se acordó disponer la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por importe máximo de 316.987.271,67 euros. Ambos Acuerdos se encuentran dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 39 de la Ley 3/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2015.

En virtud de los Acuerdos citados y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública se considera conveniente que la Comunidad de Madrid ponga en oferta un nuevo tramo de la emisión de obligaciones por un importe 100.000.000,00 de euros con un plazo de vida residual próximo a 9,86 años, al 1,826 por 100, vencimiento el 30 de abril de 2025 (ES0000101651), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 23 de febrero de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febrero de 2015), al objeto de incrementar la liquidez de la emisión y de atender con esta reapertura la demanda de los inversores de valores a dicho plazo.

El importe obtenido a través de la mencionada ampliación no excede del importe susceptible de ser financiado, de conformidad con lo autorizado por los Acuerdos de Consejo de Gobierno mencionados ni el límite establecido por los Acuerdos de Consejo de Ministros previamente referenciados.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 40.5 de la citada Ley 3/2014, de 22 de diciembre,

DISPONGO

Primero

Realizar un nuevo tramo de emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 100.000.000,00 de euros con un plazo de vida residual próximo a 9,86 años, al 1,826 por 100, vencimiento el 30 de abril de 2025 (ES0000101651), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 23 de febrero de 2015 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de febrero de 2015), con las siguientes características:

— Importe: 100.000.000,00 de euros.

— Fecha de emisión y desembolso del nuevo tramo: 23 de junio de 2015.

— Cupón corrido: 0,5795797 por100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 579.579,70 euros.

— Precio de emisión excluyendo el cupón corrido: 94,027 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 94.027.000,00 euros.

— Precio incluyendo cupón corrido: 94,6065797 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 94.606.579,70 euros.

— Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Director General de Economía y Política Financiera la firma del contrato de suscripción de la emisión.

Tercero

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de junio de 2015.

El Consejero de Economía y Hacienda, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/18.519/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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