Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
22-06-2015

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150622-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

50
Procedimiento 645 de 2014

SALA DE LO SOCIAL

Sección Segunda

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Asunción Oliet Palá, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Segunda de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 645 de 2014 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de “Saneamiento y Mantenimiento Integral, Sociedad Anónima”, frente a doña Luz Aleyda Henao Henao y “Top Nep 3000, Sociedad Limitada”, sobre recurso de suplicación, se han dictado las siguientes resoluciones:

Fallamos

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación legal de “Saneamiento y Mantenimiento Integral, Sociedad Anónima” (SAMINSA), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 38 de Madrid de fecha 3 de junio de 2013, en los autos número 132 de 2012, seguidos en virtud de demanda presentada por doña Luz Aleyda Henao Henao, en reclamación de cantidad, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, condenando a la recurrente a abonar al letrado que ha impugnado su recurso la cantidad de 300 euros en concepto de honorarios. Dese a los despidos y consignaciones que se hayan constituido el destino legal.

Diligencia de ordenación de la secretaria, doña Asunción Oliet Palá.—En Madrid, a 27 de mayo de 2015.

Visto que se ha acreditado por la parte demandada, constituida por “Top Nep 3000, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, notifíquese la resolución dictada en las presentes actuaciones mediante edicto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al que se oficiará a efecto.

En el edicto hágase la advertencia a que se refiere el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social a propósito de que a partir de la resolución objeto de notificación por edictos y salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, las notificaciones a la parte que se encuentra en ignorado paradero se efectuarán en estrados.

En consecuencia, la presente diligencia de ordenación se notificará en estrados a la parte en ignorado paradero.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante el secretario judicial, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia de notificación en estrados.—En igual fecha que la diligencia de ordenación anterior, se procede a notificar la misma en estrados a “Top Nep 3000, Sociedad Limitada”. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Top Nep 3000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.039/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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