Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
22-06-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150622-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

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Procedimiento ordinario 1.481 de 2012

EDICTO

Don Manuel Cristóbal Zurdo, secretario del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.481 de 2012 entre doña Lorena Marín Pérez y don Guillermo José Barceló Espí, en reclamación de 31.629,75 euros, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 29 de septiembre de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los autos de juicio ordinario registrados con el número 1.481 de 2012, derivados de demanda presentada por doña Lorena Marín Pérez, representada por la procuradora señora Arcos Gómez y bajo la dirección técnica del letrado señor Lusilla Oliván, contra don Guillermo José Barceló Espí, declarado en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 31.629,75 euros, se ha dictado la presente resolución en base a lo siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Arcos Gómez, en nombre y representación de doña Lorena Marín Pérez, debo condenar y condeno a don Guillermo José Barceló Espí a que abone a la actora la cantidad de 41.751,27 euros, y ello con los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de esta sentencia.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sirva de notificación en legal forma a don Guillermo José Barceló Espí expido y firmo la presente en Madrid, a 21 de mayo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.600/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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