Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
25-06-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150625-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

81
Ejecución 156 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 156 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ahinara Barragán López, don Alberto Mellado Cano, don Alfonso Javier Masa Tornero, don Ángel Sáez Palacio, don Antonio Toro Rodríguez, don Borja Martínez Menéndez, don Carlos Rodríguez Suárez, don Daniel Slavkov Ivanov, don Fernando Gabriel Herrera Alcivar, don Francisco Lázaro Rico, don Francisco Romero Redondo, don Héctor Fabio Ospina, don Hilario Rodrigo Aranda, don Ivarlo Kolev Enchev, don Jaime Agustín Tapia Menéndez, don José Carlos Bárbaro Fernández, don José Manuel Cabrera Fernández, don Juan Antonio Monge Benito, don Juan Carlos Santacruz Martín, don Luis Alberto Jiménez Manzano, don Manuel Miranda Ruiz, don Manuel Nuño Corral, doña María Luisa Montoya Méndez, doña María Paz Galán Rodríguez de la Rubia, don Mariano García Díaz, doña Mercedes Laiseca Corbacho, don Nikolay Tonev Iliev, don Petar Ivanov Yonov, don Ricardo Horjales Rivera, doña Silvia Reina Izquierdo, don Svetlin Ivanov Yonov, don Víctor René Pinzón Prado, don Yaroslav Pelyachyic y don Zbigniew Jagiello, frente a “Transportes y Talleres Rodríguez Castañares, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 26 de mayo de 2015.

Parte dispositiva:

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se menciona en la relación y por la cuantía que se refleja, cuyo importe total asciende a 272.636,35 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Transportes y Talleres Rodríguez Castañares, Sociedad Limitada”, e “Hispatrans 2012, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.520/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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