Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
25-06-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150625-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

105
Ejecución 220 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 220 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Riesgo Jaquete, frente a “Moldo, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 27 de mayo de 2015.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 42.798,43 euros de principal y 4.279,00 euros de intereses, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Moldo, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Acordado mediante decreto de fecha 11 de noviembre de 2014 el embargo de créditos comerciales contra la empresa “Ap-Europe” por relaciones comerciales mantenidas con la ejecutada, y encontrándose la citada en concurso de acreedores, concurso abreviado número 43 de 2014 tramitado ante el Juzgado de lo mercantil número 12 de Madrid, póngase en conocimiento de la actora lo anterior, a los efectos de personarse en el procedimiento sobre concurso como acreedora de la entidad “Moldo, Sociedad Anónima”, en los créditos de la concursada.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2509/0000/00/0627/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Moldo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.544/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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