Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
26-06-2015

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150626-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

167
Ejecución 404 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 404 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Orbegozo de Castro, frente a “Infornet Systems, Sociedad Limitada Unipersonal” y “Carácter, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado diligencia de ordenación de 27 de mayo de 2015, del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Isabel Cano Campaña.—En Móstoles, a 27 de mayo de 2015.

Se une el escrito presentado por don Pedro Orbegozo de Castro y conforme se solicita se señala comparecencia citando a las partes de la presente ejecución y a la mercantil “Carácter, Sociedad Anónima”, para celebrar incidente de ampliación de ejecución para el día 10 de septiembre de 2015, a las nueve y cincuenta horas.

Por resolución oportuna se acuerda sobre la prueba solicitada.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, con número 2851-0000-64-0404-14, y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Infornet Systems, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 9 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.618/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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