Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
29-06-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150629-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

67
Procedimiento ordinario 306 de 2014

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 306 de 2014 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 125 de 2015

En Madrid, a 13 de mayo de 2015.—Vistos por doña Marta Díez Pérez-Caballero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 67 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 306 de 2014, seguidos a instancias de “Anka Demoliciones, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Jacinto Gómez Simón, contra “Actividades y Construcciones Civiles, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “Anka Demoliciones, Sociedad Limitada”, contra “Actividades y Construcciones Civiles, Sociedad Limitada”, debo condenar a la citada demandada a abonar la cantidad de 10.575,32 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de cumplimiento de la condición para el pago de las retenciones debidas hasta su completo pago, en la forma que se precisa en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución.

Se hace expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación.

En el caso de formularse recurso de apelación, deberá constituirse el correspondiente depósito en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se significa que la publicación ha sido interesada por “Anka Demoliciones, Sociedad Limitada”, acordándose la misma a su costa.

En Madrid, a 5 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.719/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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