Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
29-06-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150629-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5

78
Juicio verbal 328 de 2014

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal número 328 de 2014, seguido a instancias de “Aktiv Kapital Portfolio As Oslo Branch Zug”, frente a don Ramiro Fernández y doña María Helda Soto Cuastumal, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 85 de 2015

En Majadahonda, a 25 de mayo de 2015.—Vistos por don Sergio Burguillo Pozo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Majadahonda y de su partido, los presentes autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo el número 328 de 2014, promovidos a instancias de “Aktiv Kapital Portfolio As Oslo Branch Zug”, representado por el procurador de los tribunales señor Del Valle y bajo la dirección de letrado, contra doña María Held Soto Cuastumal y don Ramiro Pacheco Fernández, declarados en situación de rebeldía procesal, versando sobre reclamación de cantidad. Habiendo recaído la presente con base en el siguiente

Fallo

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador señor Del Valle, en nombre y representación de “Aktiv Kapital Portfolio As Oslo Branch Zug”, frente a doña María Held Soto Cuastumal y don Ramiro Pacheco Fernández, y en consecuencia:

Condeno a doña María Held Soto Cuastumal y don Ramiro Pacheco Fernández a abonar solidariamente a “Aktiv Kapital Portfolio As Oslo Branch Zug”, la suma de 4.196,73 euros y los intereses legales de la cantidad a que se condena desde la fecha de la interposición de la demanda, así como los intereses de mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Todo ello con expresa condena en las costas de la demanda a doña María Held Soto Cuastumal y don Ramiro Pacheco Fernández.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación de acuerdo con los artículos 455 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dichos demandados don Ramiro Pacheco Fernández, doña María Helda Soto Cuastumal en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

En Majadahonda, a 25 de mayo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/3.670/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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