Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
29-06-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150629-203

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁDIZ NÚMERO 2

203
Ejecución 9 de 2015

EDICTO

Doña Carmen Yolanda Toro Vilchez, secretaria del Juzgado de lo social número 2 de Cádiz.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 9 de 2015, dimanante de los autos número 237 de 2014, en materia de social ordinario, a instancias de doña Cristobalina Delgado Cote, contra “Actividades Diversas de Contratación, Sociedad Anónima”, habiéndose dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Actividades Diversas de Contratación, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 5.928,93 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Notifíquese la presente resolución a las partes en el presente procedimiento y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).

Y para que sirva de notificación en forma a “Actividades Diversas de Contratación, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Cádiz, a 29 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.889/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150629-203