Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2015

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150703-118

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

118
Procedimiento 209 de 2015

SALA DE LO SOCIAL

Sección Sexta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Egido Trillo-Figueroa, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Sexta de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el recurso de suplicación número 209 de 2015 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de doña Natalia Concepción Cardozo Guanes, como parte recurrente, frente a doña María Do Carmo Silva, como parte recurrida, sobre materias laborales individuales, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallamos

Que estimando el recurso de suplicación interpuesto por doña Natalia Concepción Cardozo Guanes contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 18 de Madrid en fecha 4 de abril de 2014, en virtud de demanda formulada por doña Natalia Concepción Cardozo Guanes, contra doña María Do Carmo Silva, en reclamación de materias laborales individuales, completamos el relato y el fallo de instancia, declarando el carácter laboral de la relación de la demandante, como empleada de hogar al servicio de doña María Do Carmo Silva, desde el día 15 de mayo de 2011, con una retribución mensual de 700 euros, y hasta el día 30 de noviembre de 2011.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, haciéndoles saber que contra la misma solo cabe recurso de casación para la unificación de doctrina que se preparará por escrito, ante esta Sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 220, 221 y 230 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, advirtiéndose que todo recurrente que no tenga la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá acreditar ante esta Sala al tiempo de preparar el recurso el ingreso en metálico del depósito de 600 euros conforme al artículo 229.1.b) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y la consignación del importe de la condena cuando proceda, presentando resguardo acreditativo de haber efectuado ambos ingresos, separadamente, en la cuenta corriente número 2870/0000/00/209/2015 que esta Sección Sexta tiene abierta en el “Banco Santander”, oficina sita en la calle Miguel Ángel, número 17, de Madrid, o bien, por transferencia desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta del “Banco Santander”. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

1. Emitir la transferencia a la cuenta bancaria de veinte dígitos (CCC) IBAN ES55/ 0049/3569/92/0005001274.

2. En el campo “Ordenante” se indicará, como mínimo, el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y, si es posible, el número de identificación fiscal/cédula de identificación fiscal de la misma.

3. En el campo “Beneficiario” se identificará al Juzgado o tribunal que ordena el ingreso.

4. En el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” se consignarán los dieciséis dígitos que corresponden al procedimiento (2870/0000/00/209/2015), pudiendo, en su caso, sustituir la consignación de la condena en metálico por el aseguramiento de la misma mediante el correspondiente aval solidario, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, emitido por la entidad de crédito (artículo 230.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Expídase testimonio de la presente resolución para su incorporación al rollo de esta Sala.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Do Carmo Silva, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.631/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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