Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
08-07-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150708-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18

108
Procedimiento ordinario 1.459 de 2014

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.459 de 2014, entre “Fleurop Interflora España, Sociedad Anónima”, y “Viveros Espejel, Sociedad Limitada”, en reclamación de 7.554,57 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 115 de 2015

En Madrid, a 27 de mayo de 2015.—En nombre de Su Majestad el Rey.

La ilustrísima señora doña Marta Gutiérrez del Olmo Menéndez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid y su partido, ha visto los precedentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 1.459 de 2014, por demanda interpuesta por el procurador don Jorge Deleito García, en representación de “Fleurop Interflora España, Sociedad Anónima”, defendida por la letrada señora Cosmea Rodríguez, contra “Viveros Espejel, Sociedad Limitada”, en rebeldía en los presentes autos.

Fallo

Se estima la demanda formulada por el procurador don Jorge Deleito García, en representación de “Fleurop Interflora España, Sociedad Anónima”, defendida por la letrada señora Cosmea Rodríguez, contra “Viveros Espejel, Sociedad Limitada”, en rebeldía en los presentes autos, y se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de 7.554,57 euros, intereses legales y costas.

Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincia a interponer, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación.

Adviértase a las partes que no se admitirá a trámite el recurso si no acredita haber consignado la cantidad de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de sentencia a “Viveros Espejel, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente en Madrid, a 5 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.672/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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