Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
08-07-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150708-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

128
Procedimiento ordinario 296 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 296 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Muñoz Jiménez, frente a don Víctor Leal Álvarez, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por doña Patricia Muñoz Jiménez, contra don Víctor Leal Álvarez, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la parte actora la suma de 509,66 euros por los conceptos de su demanda, más al 10 por 100 de interés de mora.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Víctor Leal Álvarez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.800/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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