Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 160

Fecha del Boletín 
08-07-2015

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150708-62

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2015, de la Directora General de Trabajo, por la que se ordena la publicación de impresos normalizados.

El artículo 7 del Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, atribuye a esta Dirección General la competencia para conceder autorización del trabajo de menores en espectáculos públicos, entre otras.

El criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la actuación administrativa en la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por Resolución del órgano correspondiente, los impresos normalizados de procedimientos administrativos, previo informe de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano.

En virtud de la normativa citada y demás de pertinente aplicación, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO

Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del modelo de solicitud que se adjunta como Anexo, así como de las instrucciones pertinentes, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, correspondiente al procedimiento de Autorización del trabajo de menores en espectáculos públicos.

Madrid, a 8 de junio de 2015.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.









(03/19.469/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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