Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
09-07-2015

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150709-9

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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ORDEN 1239/2015, de 22 de junio, de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se crean, modifican o suprimen ficheros de datos de carácter personal del Organismo Autónomo Servicio Regional de Bienestar Social (SRBS), dependiente de la referida Consejería.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, tiene por objeto garantizar y proteger, en relación con el tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de la personas físicas, especialmente respecto al honor y a la intimidad personal y familiar.

En el capítulo I del título IV de esta Ley Orgánica se establecen los aspectos formales y materiales que deben tener los ficheros de titularidad pública. En concreto, el artículo 20 dispone que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse mediante disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o en el diario oficial correspondiente.

El Servicio Regional de Bienestar Social, para una mejor organización y sistematización de los datos, procede aunar en una sola inscripción la totalidad de los ficheros de videovigilancia de idénticas características, inscritos actualmente de forma separada dadas las distintas ubicaciones de los mismos, por lo que se precisa la creación de un fichero de datos de carácter personal, de gestión centralizada, denominado “VIDEOVIGILANCIA DEL SRBS”, en los términos que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, y la supresión de los 35 ficheros de videovigilancia que se relacionan en el Anexo II.

En su virtud, una vez que el mencionado fichero ha sido tramitado conforme a la normativa vigente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las atribuciones conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Artículo 1

Creación de ficheros

Crear el fichero de datos de carácter personal, denominado “VIDEOVIGILANCIA DEL SRBS” en los términos y con las condiciones del Anexo I que se adjunta.

Artículo 2

Supresión de ficheros

Suprimir los 35 ficheros de datos de carácter personal relacionados en el Anexo II que se adjunta.

Artículo 3

Régimen jurídico

Los ficheros que se recogen en los Anexos de esta Orden se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Artículo 4

Órgano responsable

El Servicio Regional de Bienestar Social, como órgano responsable del fichero incluido en el Anexo de esta Orden, adoptará las medidas técnicas y organizativas que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Artículo 5

Cesión de datos

Los datos contenidos en el fichero que se crea solo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos en la Ley.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Notificación a la Agencia Nacional de Protección de Datos

En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de junio de 2015.

El Consejero de Asuntos Sociales, JESÚS FERMOSEL DÍAZ

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

a) Identificación del fichero:

a.1) Denominación: “VIDEOVIGILANCIA DEL SRBS”.

a.2) Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: Identificar a las personas que acceden a zonas de videovigilancia y garantizar la seguridad de las personas y de los bienes existentes en sus instalaciones. El fichero contiene datos identificativos: Imagen/voz.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: Las personas que acceden al perímetro y edificios de los centros del SRBS: empleados, proveedores, visitantes, usuarios, representantes legales, beneficiarios, ciudadanos y residentes.

b.2) Procedimiento: Mediante grabación del perímetro de alcance de la cámara de videovigilancia.

c) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

c.1) Es un fichero de carácter informatizado.

c.2) Tipos de datos de carácter personal de que incluirán en el fichero: Datos de carácter identificativo: Imagen/voz.

d) Comunicaciones de los datos previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

e) Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Asuntos Sociales, Servicio Regional de Bienestar Social, Subdirección General de Centros y Programas.

f) Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Área de Asistencia Jurídica y Protección de Datos del Servicio Regional de Bienestar Social de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, presentando la solicitud en el Registro General de la calle Agustín de Foxá, número 31, 28036 Madrid.

g) Medidas de seguridad: Nivel de seguridad alto o básico según las dependencias donde se grabe, al poder incluir datos de salud.

ANEXO II

SUPRESIÓN DE FICHEROS

Motivo de la supresión: La supresión de los 35 ficheros de videovigilancia y su integración en un único fichero mixto de videovigilancia de los centros del SRBS, hace más eficiente la gestión de la Subdirección General de Centros y Programas del SRBS, a la vez que facilita el control más riguroso de las medidas de seguridad.

Destino de los datos: Los datos contenidos en los ficheros de videovigilancia que se suprimen, que no se incorporen al fichero que se crea, serán destruidos por los procedimientos legalmente establecidos para ello.

Identificación de los ficheros que se suprimen:

1. Órgano responsable: Consejería de Asuntos Sociales, Servicio Regional de Bienestar Social, Subdirección General de Centros y Programas.

1.1. VIDEOVIGILANCIA C.M. LOS CARMENES (código 2133021211).

1.2. VIDEOVIGILANCIA C.M. SAN BLAS (código 2133020600).

1.3. VIDEOVIGILANCIA C.O. CIUDAD LINEAL (código 2133021594).

1.4. VIDEOVIGILANCIA C.O. JUAN DE AUSTRIA (código 2133021785).

1.5. VIDEOVIGILANCIA C.O. ÁNGEL DE LA GUARDA (código 2133020981).

1.6. VIDEOVIGILANCIA C.O. BARAJAS (código 2133021500).

1.7. VIDEOVIGILANCIA C.O. CARABANCHEL (código 2133021703).

1.8. VIDEOVIGILANCIA C.A.D.P. ARGANDA DEL REY (código 2133021821).

1.9. VIDEOVIGILANCIA C.A.D.P. DOS DE MAYO (código 2133021237).

1.10. VIDEOVIGILANCIA C.A.D.P. GETAFE (código 2133020874).

1.11. VIDEOVIGILANCIA C.A.D.P. MIRASIERRA (código 2133021911).

1.12. VIDEOVIGILANCIA R.MM. ALCORCÓN (código 2133021870).

1.13. VIDEOVIGILANCIA R.MM. ARGANDA (código 2133021541).

1.14. VIDEOVIGILANCIA R.MM. CISNEROS (código 2133020625).

1.15. VIDEOVIGILANCIA R.MM. COLMENAR VIEJO (código 2133021460).

1.16. VIDEOVIGILANCIA RMM. DR. GONZÁLEZ BUENO (código 2133020661).

1.17. VIDEOVIGILANCIA R.MM. FRANCISCO VITORIA (código 2133021831).

1.18. VIDEOVIGILANCIA R.MM. GASTÓN BAQUERO (código 2133021506).

1.19. VIDEOVIGILANCIA R.MM. GETAFE (código 2133021892).

1.20. VIDEOVIGILANCIA R.MM. GOYA (código 2133021849).

1.21. VIDEOVIGILANCIA R.MM. GRAN RESIDENCIA (código 2133021072).

1.22. VIDEOVIGILANCIA R. MM. LA PAZ (código 2133021165).

1.23. VIDEOVIGILANCIA R. MM. MANOTERAS (código 2133020938).

1.24. VIDEOVIGILANCIA R.MM. NAVALCARNERO (código 2133020382).

1.25. VIDEOVIGILANCIA R.MM N. S. DEL CARMEN (código 2133020429).

1.26. VIDEOVIGILANCIA R.MM. PARLA (código 2133021548).

1.27. VIDEOVIGILANCIA R.MM. REINA SOFÍA (código 2133020137).

1.28. VIDEOVIGILANCIA R.MM. SAN FERNANDO (código 2133021475).

1.29. VIDEOVIGILANCIA R.MM. SAN JOSÉ (código 2133020261).

1.30. VIDEOVIGILANCIA RM. S. M. VALDEIGLESIAS (código 2133021841).

1.31. VIDEOVIGILANCIA R.MM. SANTIAGO RUSIÑOL (código 2133021498).

1.32. VIDEOVIGILANCIA R.MM. TORRELAGUNA (código 2133021683).

1.33. VIDEOVIGILANCIA R.MM. VALLECAS (código 2133020638).

1.34. VIDEOVIGILANCIA R.MM. V. DE ODÓN (código 2133020228).

1.35. VIDEOVIGILANCIA R.MM. VISTA ALEGRE (código 2133020687).

(03/20.204/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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