Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
09-07-2015

Sección 1.3.90.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150709-5

Páginas: 11


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

5
RESOLUCIÓN 248/2015, de 24 de junio, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria, por la que se hace pública la Encomienda de Gestión entre el Servicio Madrileño de Salud y el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para la realización de trabajos de impresión de la Dirección General de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud.

De conformidad con el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Encomienda de Gestión entre el Servicio Madrileño de Salud y el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para la realización de trabajos de impresión de la Dirección General de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, en virtud del Acuerdo suscrito por ambas partes con fecha 24 de junio de 2015, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.

Madrid, a 24 de junio de 2015.—El Viceconsejero de Asistencia Sanitaria, Manuel Molina Muñoz.

ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE EL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD Y EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, PARA LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE IMPRESIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

En Madrid, a 24 de junio de 2015.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel Molina Muñoz, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, y en uso de la facultad establecida en el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero; en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria la competencia para establecer acuerdos de prestación de servicios.

De otra, don Carlos Ares Sánchez, Director-Gerente del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 27/1998, del Consejo de Gobierno, de 20 de febrero, actuando en nombre y representación del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de las atribuciones que tal nombramiento le confiere.

Ambas partes se reconocen, en la representación que ostentan, la competencia y capacidad legal suficiente para suscribir la presente Encomienda de Gestión, a cuyo efecto.

EXPONEN

Primero

Que el Servicio Madrileño de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, es un Ente de Derecho Público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Que el Servicio Madrileño de Salud es competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 4, apartado b), del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, para “… el desarrollo de las actuaciones de salud pública encaminadas a garantizar los derechos de protección de la salud de la población de la Comunidad de Madrid, desde una perspectiva comunitaria”.

Tercero

Que el Decreto 23/2014, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, establece, por un lado, en su artículo 2.2, que a la Dirección General de Atención Primaria le corresponden, entre otras funciones, “… el establecimiento de medidas para potenciar las garantías de protección de la salud, así como... el fomento de las funciones técnicas de salud pública, la promoción de la salud como actividad fundamental del sistema y de la vigilancia epidemiológica, tanto de las enfermedades transmisibles como no transmisibles”, y, en su artículo 2.3, indica que le corresponde también “… el impulso y desarrollo de las políticas de garantía del aseguramiento sanitario público y la gestión de los instrumentos que lo reconocen”.

Cuarto

Que mediante el artículo 8 de la Ley 28/1997, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, se crea el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (en adelante, BOCM), como organismo autónomo de carácter mercantil, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.a) y 4.2 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.

Quinto

Que el apartado dos del precitado artículo 8, atribuye, en materia de publicaciones institucionales, al Organismo Autónomo BOCM las funciones que a continuación se relacionan, referidas a la Administración de la Comunidad de Madrid, sus Organismos Autónomos y sus Entidades de Derecho Público. El Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo, podrá dictar instrucciones relativas al ejercicio de las funciones relacionadas:

a) Realización de los siguientes trabajos:

— Confección, composición, fotomecánica, montaje, impresión y encuadernación de toda clase de libros, anuarios, memorias, revistas, impresos, carteles, programas y demás publicaciones de edición periódica y singular.

Sexto

Que el artículo 30 del Decreto 49/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, establece que los suministros y servicios de imprenta que precisen los órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho Público y demás Entes Públicos serán realizados por el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, según las instrucciones que al respecto sean establecidas por el Gobierno.

Séptimo

Que, de acuerdo con el Informe 3/2002, de 17 de septiembre, de la Junta Consultiva de la Comunidad de Madrid sobre la vigencia del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 10 de abril de 1986, por el que se aprueban instrucciones sobre contratación con el Organismo Autónomo Imprenta de la Comunidad de Madrid, concluye que hasta tanto se dicten las normas de desarrollo y ejecución de la Ley 28/1997, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, por la que se crea el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, se encuentra vigente el Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 10 de abril de 1986, por el que se aprueban las instrucciones sobre contratación con el Organismo Autónomo Imprenta de la Comunidad de Madrid, indicando a continuación que los trabajos de imprenta que se encarguen al Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid deberán contar con crédito adecuado y suficiente que ampare la solicitud y haber sido fiscalizados por la Intervención.

Octavo

Que, para la ejecución de los trabajos indicados en el clausulado de esta Encomienda de Gestión, al tratarse de actividades de carácter técnico, el Servicio Madrileño de Salud no dispone de los medios técnicos idóneos para su desempeño, por lo que por razones de eficacia resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 15.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y, en consecuencia, es procedente acudir a la fórmula de Encomienda de Gestión que se realiza entre entidades de derecho público pertenecientes a la misma Administración.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir la presente Encomienda de Gestión, en el marco establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Cláusula primera

Objeto

El objeto de esta Encomienda de Gestión es la impresión por parte del BOCM de diversos trabajos que forman parte de las competencias propias en materia de promoción de la salud y prevención de la enfermedad y de aseguramiento de la Dirección General de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo con el desglose que se indica en la siguiente cláusula.

Cláusula segunda

Detalle de los trabajos a realizar por el BOCM

1. El detalle de los trabajos que llevará a cabo el BOCM de la Comunidad de Madrid, son los siguientes:

1.1. Edición modelo 030 Centro Gestor 8100-Sanidad Tasa o Precio Público Emisión Sucesiva Tarjeta Sanitaria Individual (TSI)-Epígrafe tasa 8300:

— Cantidad: 200.000 ejemplares.

— Precio centena: 4,066 euros (tiradas de 50.000 ejemplares).

— Base imponible: 8.132,00 euros.

— IVA (21 por 100): 1.707,72 euros.

— Importe total: 9.839,72 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22000 “Material, suministros y otros”.

1.2. Edición folleto “Recomendaciones en autocuidados cardiosaludables”:

— Cantidad: 40.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.790,00 euros.

— IVA (21 por 100): 375,90 euros.

— Importe total: 2.165,90 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.3. Edición cartel “Día europeo de la prevención cardiovascular”:

— Cantidad: 1.000 ejemplares.

— Base imponible: 550,00 euros.

— IVA (21 por 100): 115,50 euros.

— Importe total: 665,50 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.4. Edición octavilla “Día europeo de la prevención cardiovascular”:

— Cantidad: 20.000 ejemplares.

— Base imponible: 310,00 euros.

— IVA (21 por 100): 65,10 euros.

— Importe total: 375,10 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.5. Edición carné “Agente de Salud Pública”:

— Cantidad: 6.000 ejemplares.

— Base imponible: 530,00 euros.

— IVA (21 por 100): 111,30 euros.

— Importe total: 641,30 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.6. Edición cuadernos “Aula de Salud Pública”:

— Cantidad: 5.000 ejemplares.

— Base imponible: 4.105,00 euros.

— IVA (21 por 100): 862,05 euros.

— Importe total: 4.967,05 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.7. Edición pegatina “Aprender a cepillarse los dientes”:

— Cantidad: 25.000 ejemplares.

— Base imponible: 745,00 euros.

— IVA (21 por 100): 156,45 euros.

— Importe total: 901,45 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.8. Edición volantina “Vivir sin tabaco”:

— Cantidad: 12.000 ejemplares.

— Base imponible: 335,00 euros.

— IVA (21 por 100): 70,35 euros.

— Importe total: 405,35 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.9. Edición marcapáginas “10 Razones para dejar de fumar”:

— Cantidad: 6.500 ejemplares.

— Base imponible: 515,00 euros.

— IVA (21 por 100): 108,15 euros.

— Importe total: 623,15 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.10. Edición salvamantel “1.o desayuna y luego cómete el día”:

— Cantidad: 12.000 ejemplares.

— Base imponible: 2.315,00 euros.

— IVA (21 por 100): 486,15,00 euros.

— Importe total: 2.801,15 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.11. Edición cartel “1.o desayuna, después cómete el día”:

— Cantidad: 1.500 ejemplares.

— Base imponible: 555,00 euros.

— IVA (21 por 100): 116,55 euros.

— Importe total: 671,55 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.12. Edición “Pirámide de alimentación”:

— Cantidad: 11.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.090,00 euros.

— IVA (21 por 100): 228,90 euros.

— Importe total: 1.318,90 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.13. Edición díptico “Dieta Mediterránea”:

— Cantidad: 11.000 ejemplares.

— Base imponible: 605,00 euros.

— IVA (21 por 100): 127,05 euros.

— Importe total: 732,05 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.14. Edición folleto “Ingredientes control de peso”:

— Cantidad: 11.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.830,00 euros.

— IVA (21 por 100): 384,30 euros.

— Importe total: 2.214,30 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.15. Edición fichas cuestionario padres “Tabaco” (tres modelos):

— Cantidad: 22.500 ejemplares; 7.500 ejemplares por modelo.

— Base imponible: 425,00 euros.

— IVA (21 por 100): 89,25 euros.

— Importe total: 514,25 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.16. Edición tríptico “Primero desayuna, después cómete el día”:

— Cantidad: 25.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.335,00 euros.

— IVA (21 por 100): 280,35 euros.

— Importe total: 1.615,35 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.17. Edición folleto padres “Vacunación infantil”:

— Cantidad: 45.000 ejemplares.

— Base imponible: 2.355,00 euros.

— IVA (21 por 100): 494,55 euros.

— Importe total: 2.849,55 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.18. Edición cartel 70 ´ 50 “Calendario vacunación infantil”:

— Cantidad: 2.000 ejemplares.

— Base imponible: 355,00 euros.

— IVA (21 por 100): 74,55 euros.

— Importe total: 429,55 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.19. Edición cartel 35 ´ 25 “Calendario vacunación infantil”:

— Cantidad: 3.000 ejemplares.

— Base imponible: 300,00 euros.

— IVA (21 por 100): 63,00 euros.

— Importe total: 363,00 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.20. Edición tríptico de bolsillo “Calendario vacunación infantil”:

— Cantidad: 150.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.445,00 euros.

— IVA (21 por 100): 303,45 euros.

— Importe total: 1.748,45 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.21. Edición cartel “Calendario vacunación adultos”:

— Cantidad: 3.000 ejemplares.

— Base imponible: 620,00 euros.

— IVA (21 por 100): 130,20 euros.

— Importe total: 750,20 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.22. Edición folleto “Calendario vacunación adultos”:

— Cantidad: 10.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.330,00 euros.

— IVA (21 por 100): 279,30 euros.

— Importe total: 1.609,30 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.23. Edición folleto “Campaña prevención antigripal”:

— Cantidad: 45.000 ejemplares.

— Base imponible: 3.485,00 euros.

— IVA (21 por 100): 731,85 euros.

— Importe total: 4.216,85 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.24. Edición cartel “Campaña prevención antigripal”:

— Cantidad: 3.000 ejemplares.

— Base imponible: 430,00 euros.

— IVA (21 por 100): 90,30 euros.

— Importe total: 520,30 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.25. Edición hoja-resumen “Campaña prevención antigripal”:

— Cantidad: 2.000 ejemplares.

— Base imponible: 250,00 euros.

— IVA (21 por 100): 52,50 euros.

— Importe total: 302,50 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.26. Edición hoja “10 recomendaciones para una alimentación saludable”:

— Cantidad: 5.000 ejemplares.

— Base imponible: 265,00 euros.

— IVA (21 por 100): 55,65 euros.

— Importe total: 320,65 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.27. Edición tríptico “Consejos buen provecho para tus hijos. Alimentación infantil”:

— Cantidad: 100.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.995,00 euros.

— IVA (21 por 100): 418,95 euros.

— Importe total: 2.413,95 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.28. Edición folleto “Consejos para la prevención de accidentes infantiles”:

— Cantidad: 100.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.995,00 euros.

— IVA (21 por 100): 418,95 euros.

— Importe total: 2.413,95 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.29. Edición cartel “Semana sin humo”:

— Cantidad: 1.500 ejemplares.

— Base imponible: 295,00 euros.

— IVA (21 por 100): 61,95 euros.

— Importe total: 356,95 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.30. Edición díptico “Semana sin humo. Tú lo dejas, tú ganas”:

— Cantidad: 50.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.110,00 euros.

— IVA (21 por 100): 233,10 euros.

— Importe total: 1.343,10 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.31. Edición “Documento de Salud Infantil”:

— Cantidad: 85.000 ejemplares.

— Base imponible: 43.935,00 euros.

— IVA (21 por 100): 9.226,35 euros.

— Importe total: 53.161,35 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.32. Edición folleto “Detección precoz de hipoacusia en recién nacidos”:

— Cantidad: 82.000 ejemplares.

— Base imponible: 3.235,00 euros.

— IVA (21 por 100): 679,35 euros.

— Importe total: 3.914,35 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.33. Edición folleto “Detección precoz enfermedades endocrino-metabólicas en recién nacidos”:

— Cantidad: 82.000 ejemplares.

— Base imponible: 3.235,00 euros.

— IVA (21 por 100): 679,35 euros.

— Importe total: 3.914,35 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.34. Edición folleto “Entre hombres, entre mujeres. Hablando de sexo seguro”:

— Cantidad: 10.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.380,00 euros.

— IVA (21 por 100): 289,80 euros.

— Importe total: 1.669,80 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.35. Edición marcapáginas “Día Internacional del SIDA”:

— Cantidad: 25.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.310,00 euros.

— IVA (21 por 100): 275,10 euros.

— Importe total: 1.585,10 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.36. Edición tarjeta “Por ti, por tu salud”:

— Cantidad: 15.000 ejemplares.

— Base imponible: 460,00 euros.

— IVA (21 por 100): 96,60 euros.

— Importe total: 556,60 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.37. Edición cartel “Por ti, por tu salud. Centros”:

— Cantidad: 8.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.210,00 euros.

— IVA (21 por 100): 254,10 euros.

— Importe total: 1.464,10 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.38. Edición cuadríptico “Por ti, por tu salud”:

— Cantidad: 30.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.430,00 euros.

— IVA (21 por 100): 300,30 euros.

— Importe total: 1.730,30 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”

1.39. Edición díptico “Tarjetas promocionales Servicios de Pruebas Rápidas VIH”:

— Cantidad: 35.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.445,00 euros.

— IVA (21 por 100): 303,45 euros.

— Importe total: 1.748,45 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.40. Edición desplegable “Cuídate y cuida de los tuyos”:

— Cantidad: 11.000 ejemplares.

— Base imponible: 3.120,00 euros.

— IVA (21 por 100): 655,20 euros.

— Importe total: 3.775,20 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.41. Edición folleto “Si piensas que el SIDA solo afecta a otros…”:

— Cantidad: 30.000 ejemplares.

— Base imponible: 2.300,00 euros.

— IVA (21 por 100): 483,00 euros.

— Importe total: 2.783,00 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.42. Edición cartel 48 ´ 68 “Día Mundial del VIH”:

— Cantidad: 5.000 ejemplares.

— Base imponible: 900,00 euros.

— IVA (21 por 100): 189,00 euros.

— Importe total: 1.089,00 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.43. Edición cartel 29,7 ´ 42 “Día Mundial del VIH”:

— Cantidad: 5.000 ejemplares.

— Base imponible: 485,00 euros.

— IVA (21 por 100): 101,85 euros.

— Importe total: 586,85 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.44. Edición cartel “Si crees que sufres malos tratos”:

— Cantidad: 5.000 ejemplares.

— Base imponible: 390,00 euros.

— IVA (21 por 100): 81,90 euros.

— Importe total: 471,90 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.45. Edición cartel “Día Internacional contra la violencia de género”:

— Cantidad: 1.000 ejemplares.

— Base imponible: 295,00 euros.

— IVA (21 por 100): 61,95 euros.

— Importe total: 356,95 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.46. Edición marcapáginas “Día Internacional contra la violencia de género”:

— Cantidad: 5.000 ejemplares.

— Base imponible: 440,00 euros.

— IVA (21 por 100): 92,40 euros.

— Importe total: 532,40 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.47. Edición folleto “No te cortes: Programa atención para adolescentes víctimas de violencia de género”:

— Cantidad: 20.000 ejemplares.

— Base imponible: 955,00 euros.

— IVA (21 por 100): 200,55 euros.

— Importe total: 1.155,55 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.48. Edición cartel “Protéjase del calor, proteja su salud”:

— Cantidad: 3.000 ejemplares.

— Base imponible: 380,00 euros.

— IVA (21 por 100): 79,80 euros.

— Importe total: 459,80 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.49. Edición desplegable “Protéjase del calor, proteja su salud”:

— Cantidad: 50.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.120,00 euros.

— IVA (21 por 100): 235,20 euros.

— Importe total: 1.355,20 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.50. Edición cartel “Calendario acelerado de vacunación”:

— Cantidad: 3.000 ejemplares.

— Base imponible: 425,00 euros.

— IVA (21 por 100): 89,25 euros.

— Importe total: 514,25 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.51. Edición folleto “Dientes brillantes como el sol brillante”:

— Cantidad: 30.000 ejemplares.

— Base imponible: 3.500,00 euros.

— IVA (21 por 100): 735,00 euros.

— Importe total: 4.235,00 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.52. Edición “Programa regional de prevención y control de la tuberculosis”:

— Cantidad: 2.000 ejemplares.

— Base imponible: 420,00 euros.

— IVA (21 por 100): 88,20 euros.

— Importe total: 508,20 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.53. Edición cartel “Leishmaniasis”:

— Cantidad: 3.000 ejemplares.

— Base imponible: 305,00 euros.

— IVA (21 por 100): 64,05 euros.

— Importe total: 369,05 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

1.54. Edición cuadríptico “Leishmaniasis”:

— Cantidad: 25.000 ejemplares.

— Base imponible: 1.080,00 euros.

— IVA (21 por 100): 226,80 euros.

— Importe total: 1.306,80 euros.

— Programa/Partida: Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

2. El importe del material del apartado 1.1 de esta cláusula, que asciende a 9.839,72 euros, se imputará con cargo al Programa 313B, Partida 22000 “Material, suministros y otros”.

3. El importe de los materiales comprendidos entre los apartados 1.2 y 1.54 de esta cláusula, que asciende a 129.494,20 euros, se imputará con cargo al Programa 313B, Partida 22602 “Divulgación y Publicaciones”.

4. Los trabajos mencionados en el apartado uno de esta cláusula deberán estar finalizados el 30 de noviembre de 2015.

Cláusula tercera

Procedimiento de pago

Los importes indicados en la cláusula segunda de esta Encomienda de Gestión se imputarán a las partidas presupuestarias indicadas en la misma para cada uno de los trabajos a realizar, Programa 313B “Promoción de la Salud y Aseguramiento”, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2015, mediante la emisión de facturas conformadas, una vez entregados los trabajos y recepcionados de conformidad por los titulares de las Subdirecciones promotoras (Subdirección de Promoción de la Salud y Prevención y de Coordinación de Atención Primaria y Aseguramiento de la Dirección General de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud).

Cláusula cuarta

Causas de resolución

El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en la presente Encomienda podrá dar lugar a la resolución de la misma.

Cláusula quinta

Vigencia y eficacia

1. La presente Encomienda finalizará tras la entrega de conformidad de los trabajos detallados en la cláusula segunda de esta Encomienda de Gestión en el lugar designado por la Dirección General de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud y, en cualquier caso, el 31 de diciembre de 2015.

2. De acuerdo con lo recogido en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Encomienda será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cláusula Sexta

Régimen jurídico

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento de la presente Encomienda de Gestión, se someterán al conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo acordado, se firma la presente Encomienda de Gestión por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento de la misma.—Por el Servicio Madrileño de Salud, el Viceconsejero de Asistencia Sanitaria, Manuel Molina Muñoz.—Por el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el Director-Gerente, Carlos Ares Sánchez.

Madrid, a 25 de junio de 2015.—El Viceconsejero de Asistencia Sanitaria, Manuel Molina Muñoz.

(03/20.408/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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