Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2015

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150714-40

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

40
Uso de medios electrónicos sesiones

El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de junio de 2015, adoptó el siguiente acuerdo de “Aprobación del uso de medios electrónicos para la convocatoria de las sesiones, notificación y remisión de borradores de las actas de los órganos de la Corporación”, que se transcribe literalmente a continuación:

Primero.—Acordar que las convocatorias, órdenes del día y borradores de las actas de las sesiones de los órganos colegiados del Ayuntamiento de Griñón se notifiquen a los miembros que forman parte de los mismos por medios electrónicos y en las condiciones que se establecen en el presente acuerdo, sin perjuicio del desarrollo reglamentario conforme al artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

Segundo.—El acuerdo de notificación por medios electrónicos del apartado primero anterior supone el señalamiento de dicho medio y a la dirección de correo electrónico facilitada o dirección corporativa creada por el Ayuntamiento a tal efecto, como preferente y consentido en su utilización por los concejales y concejalas de este Ayuntamiento a los efectos del artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

Tercero.—La práctica de la notificación electrónica de las convocatorias, órdenes del día y borradores de las actas de las sesiones de los órganos colegiados se establece en el presente acuerdo y conforme a las condiciones siguientes:

1.o La notificación se practicará electrónicamente acreditándose la fecha y hora en que se produzca la puesta a disposición del concejal o concejala del acto objeto de la notificación, así como la de acceso a su contenido.

2.o Paralelamente a la notificación, se comunicará por medio telefónico y/o telemático al concejal o concejala la realización efectiva de la actuación administrativa objeto de la notificación, con la finalidad de que el destinatario de la misma acuse recibo que deje constancia de su recepción y que se originará en el momento del acceso al contenido de la notificación.

3.o Como consecuencia de la práctica de varias notificaciones de un mismo acto administrativo, se entienden producidos todos los efectos jurídicos derivados de la notificación a partir de la primera notificación correctamente practicada conforme a lo dispuesto en la parte segunda del apartado tercero de este acuerdo.

Cuarto.—Se entiende consentida y efectuada la práctica de notificación por medios electrónicos de las convocatorias, órdenes del día y borradores de las actas de las sesiones de los órganos colegiados de este Ayuntamiento, cuando tras haberlas realizado conforme a lo anterior, el concejal o concejala realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de la notificación.

Quinto.—Notificar el presente acuerdo a todos los concejales que forman parte de la Corporación, para su conocimiento y cumplimiento y con los efectos determinados en el presente acuerdo, sin perjuicio de su efectividad desde su aprobación por el Pleno y dar traslado del mismo a los servicios municipales.

Sexto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme al artículo 27.4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.

Lo que se publica para conocimiento general y efectos oportunos, indicando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

— Recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el órgano que ha emitido esta resolución, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

— Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer por quien se considere interesado cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Griñón, a 30 de junio de 2015.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.

(03/20.365/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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