Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150714-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

84
Procedimiento ordinario 1.008 de 2013

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de juicio ordinario número 1.008 de 2013, a instancias de don Eduardo Fariña Morera, representado por la procuradora doña María de la Paloma Manglano Thovar y la letrada doña María del Mar Cueto Álvarez de Sotomayor, contra doña María Rosa Osorio Malcampo, por no ser conocido el domicilio de doña María Rosa Osorio Malcampo, por resolución de 25 de marzo de 2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 16 de febrero de 2015.

Sentencia número 34 de 2015

En Madrid, a 16 de febrero de 2015.—Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid, vistos los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad tramitados con el número 1.008 de 2013, seguidos a instancias de don Eduardo Fariña Morera, contra doña María Rosa Osorio Malcampo, declarada en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Estimo en parte la demanda formulada por la procuradora doña María de la Paloma Manglano Thovar, en nombre y representación de don Eduardo Fariña Morera, contra doña María Rosa Osorio Malcampo, y en su virtud condeno a la demandada a pagar al actor la cantidad de 26.142,65 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, en relación con la suma de 23.826,66 euros y desde la presentación del escrito de ampliación para los restantes 2.315,99 euros.

Ello sin hacer imposición de costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer en el término de veinte días recurso de apelación ante este Tribunal para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50,00 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado.

Así por este mi auto, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña María Rosa Osorio Malcampo, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 25 de mayo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.930/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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