Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
20-07-2015

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150720-35

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PELAYOS DE LA PRESA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

35
Miembros Corporación dedicación exclusiva y parcial

Por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 1 de julio de 2015, se adoptó el siguiente acuerdo referido a la dedicación de los miembros de la Corporación y retribuciones, que se hace público:

Primero.—Determinar los cargos corporativos a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva y parcial:

— En régimen de dedicación exclusiva: los cargos de Alcaldía y Primera Tenencia de Alcaldía.

— En régimen de dedicación parcial debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de veinticinco horas semanales: la concejala-delegada del Área de Hacienda, Servicios Sociales, Festejos y Participación Ciudadana.

— En régimen de dedicación parcial debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 7,5 horas semanales: La concejala-delegada del Área de Cultura, Mujer y Tercera Edad; la concejala-delegada del Área de Educación, Sanidad y Deportes y la concejala-delegada del Área de Juventud, Desarrollo Local y Medio Ambiente.

Segundo.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva y parcial las siguientes cuantías y régimen de retribuciones a percibir:

— Alcaldía-Presidencia: una retribución bruta anual de 32.480 euros, que se percibirán en 14 pagas, 12 correspondientes a las diferentes mensualidades del año, y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, a razón de 2.320 euros brutos, cada una de ellas.

— Primer teniente de alcalde, concejal-delegado del Área de Empleo y Personal, Urbanismo e Infraestructuras: una retribución bruta anual de 28.000 euros, que se percibirán en 14 pagas, 12 correspondientes a las diferentes mensualidades del año, y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, a razón de 2.000 euros brutos, cada una de ellas.

— Concejala-delegada del Área de Hacienda, Servicios Sociales, Festejos y Participación Ciudadana: una retribución bruta anual de 16.100 euros, que se percibirán en 14 pagas, 12 correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, a razón de 1.150 euros brutos, cada una de ellas.

— Concejala-delegada del Área de Cultura, Mujer y Tercera Edad; concejala-delegada del Área de Educación, Sanidad y Deportes, y concejala-delegada del Área de Juventud, Desarrollo Local y Medio Ambiente: una retribución bruta anual de 2.640 euros, que se percibirán en 12 mensualidades, a razón de 220 euros brutos, cada una de ellas.

Tercero.—Solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el alta en el régimen general, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

Cuarto.—Establecer el siguiente régimen de asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones del Pleno de la Corporación: los miembros de la Corporación que no tienen dedicación exclusiva o parcial percibirán asistencia por importe de 50 euros por la concurrencia efectiva a cada sesión de Pleno, abonándose las mismas con periodicidad trimestral.

Cuarto.—Iniciar los trámites oportunos para la modificación presupuestaria que sea pertinente, sin perjuicio de que la retribución de los mismos esté pendiente de la mencionada modificación, teniendo derecho a la misma desde la fecha de alta en la Seguridad Social.

Quinto.—Notificar el presente acuerdo a los interesados y publicar el mismo en el tablón de anuncios municipal y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pelayos de la Presa, a 7 de julio de 2015.—El alcalde, Antonio Sin Hernández.

(03/20.872/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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