Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
21-07-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150721-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

123
Procedimiento ordinario 29 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Luis Espinosa Navarro, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 29 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Adaly Rincón Camargo, don Andrés Mauricio David Paz, don Cristian Camilo Ocampo Lanchero, don Jonathan Javier López Hurtado, doña Leidy Amelia Rea Moreno, doña Mercedes Paniagua Beltre, doña Rocío Tavares Hernández y doña Yalila Soler Bermúdez, frente a “Woom Catering, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 16 de junio de 2015, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimo la demanda interpuesta por los abajo relacionados contra “Woom Catering, Sociedad Limitada”, y condeno a la parte demandada a que abone las siguientes cantidades:

A doña Mercedes Paniagua Beltre, 3.031,50 euros.

A doña Rocío Tavares Hernández, 1.497,21 euros.

A don Andrés Mauricio David Paz, 1.497,21 euros.

A don Jonathan Javier López Hurtado, 1.497,21 euros.

A don Cristian Camilo Ocampo Lanchero, 2.659,19 euros.

A doña Leidy Amelia Rea Moreno, 3.550,98 euros.

A doña Yalila Soler Bermúdez, 4.178,29 euros.

A doña Adaly Rincón Camargo, 4.290,61 euros.

Así como el 10 por 100 anual de interés por mora para todos ellos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que, de conformidad con el artículo 97.4, se informa que no es firme y que pueden recurrirla en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Woom Catering, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/20.127/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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