Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150722-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3

53
Procedimiento 636 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de modificación de medidas definitivas número 636 de 2014, sobre pieza de familia incidentes, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Parla, a 9 de junio de 2015.—Vistos por doña Aurora de Blás Hernández, magistrada-juez de primera instancia del número 3 de los de Parla y su partido, habiendo visto los presentes autos de modificación de medidas número 636 de 2014, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, y como demandante, don Juan José Ramos Expósito, con la procuradora señora Artola Aguiar y asistido de la letrada doña Endika Zulueta, y de otra, como demandada, doña Jolanta Ágata Dubas, con intervención del ministerio fiscal.

Fallo

Que en la demanda presentada por la procuradora señora Artola Aguiar, en nombre y representación de don Juan José Ramos Expósito, contra doña Jolanta Ágata Dubas, hago los siguientes pronunciamientos:

Primero. Se suspende la obligación de la prestación de alimentos establecida en la sentencia de fecha 24 de octubre de 2011, en tanto la situación de absoluta carencia de ingresos se mantenga. En el momento en que comience a percibir cualquier tipo de ingresos se restablece inmediatamente su obligación de abono de pensión de alimentos.

Segundo. No procede imposición de costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este mismo Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Jolanta Ágata Dubas, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Parla, a 18 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/20.561/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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