Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150722-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

91
Procedimiento ordinario 1.468 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.468 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Olga Graciela Huerta de Tossoratti, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Publicar D&M”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 177 de 2015

En Madrid, a 13 de mayo de 2015.—Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, don Ángel Juan Alonso Boggiero, los presentes autos número 1.468 de 2013, seguidos a instancias de doña Olga Graciela Huerta de Tossoratti, asistida por la letrada doña Ana Isabel Barajas Pinto, contra Fondo de Garantía Salarial y “Publicar D&M”, que no comparecen, sobre reclamación de cantidad, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por doña Olga Graciela Huerta de Tossoratti, frente a la empresa “Publicar D&M”, y Fondo de Garantía Salarial, debo:

1.o Condenar a la empresa “Publicar D&M” a que abone a doña Olga Graciela Huerta de Tossoratti la cantidad de 535,53 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

2.o Imponer a la empresa las costas del presente proceso, incluidos los honorarios de la letrado de la parte actora hasta el límite de 600 euros.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Publicar D&M”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.281/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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